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Nacionales

Denuncian problemas con registro de accionistas

• Formulario poco amigable y escasea firma digital

German Morales, socio director y socio de Impuestos de Grant Thornton, enumeró tres de las situaciones que hacen imposible el llenado del formulario.

Cumplir con el registro de accionistas se ha convertido prácticamente en misión imposible porque según los usuarios el formulario es poco amigable. Entre otras cosas reportan que el sistema impide avanzar en el ingreso de la información, aun cuando se trata de errores de la plataforma.
German Morales, socio director y socio de Impuestos de Grant Thornton, enumeró tres de las situaciones a las que se enfrentan los obligados.
Una es que a pesar de que la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal establece que quienes deben reportarse son los socios con más de un 15% de participación en el capital social, el sistema pide que se incluya el 100%.
“La plataforma dice que hay que reportar todo. No puede ser que diga un límite diferente al que manda la Ley. Hay gente que no puede subir la información porque no tiene esos datos a mano y eso no solo genera una demora, sino que no deja continuar con el trámite”, manifestó.
La Ley indica: “Se entenderá por participación sustantiva la tenencia de acciones y participaciones en un porcentaje igual o mayor al límite que a estos efectos fijará reglamentariamente el Ministerio de Hacienda, en atención a parámetros internacionales, y dentro de un rango del quince por ciento (15%) al veinticinco por ciento (25%) de participación con respecto al capital total de la persona jurídica o estructura jurídica”.
Otro de los problemas es que la plataforma está conectada a varias bases de datos, entre ellas la del Registro Nacional de Sociedades, y al digitar la cédula jurídica no acepta la fecha de constitución.
“Permite jalar la información, pero lo hace mal. Rechaza la fecha y pone una de cuando se hizo la migración del sistema, hace como diez años”, añadió.

EXCESIVA VALIDACIÓN

Además comentó que la forma en que está diseñado el sistema hace tedioso todo el proceso porque pide validaciones constantemente. “Todo es llenar y verificar”, indicó.
También mencionó que para hacer el proceso hay que tener a la mano un correo electrónico, al que le envían un código, de lo contrario no se puede hacer nada porque hay que estar validando los números y claves.
Por si todo esto fuera poco, los bancos dicen tener citas para la firma digital hasta noviembre. Sin embargo en este caso se debe reconocer que se sabía de esta obligación desde hace dos años.
Se debe recordar que sin ella no se puede tener acceso al sistema y por tanto podría haber un riesgo de incumplir con la presentación del formulario.
“Hay mucha fila, gente a la que le están dando la cita hasta en mes y medio, y quizá no pueda cumplir con la presentación al 30 de setiembre en el caso de las cédulas 0 y 1”, indicó.
Morales recomendó no dejar todo para el final y dijo que la plataforma ya está recibiendo información de cualquier cédula jurídica, a pesar del cronograma de ingreso.
Se estima que en total 370.000 personas jurídicas tendrán la obligación de cumplir con el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, cuyo objetivo es reducir la evasión fiscal y permitir el intercambio de información de carácter fiscal con otros países.

HACIENDA PIDE A BANCOS
AMPLIAR HORARIOS

Eduardo Prado, gerente general del Banco Central, aseguró que instan a las entidades emisoras de certificados digitales a ampliar la cantidad de oficinas de emisión de certificados y los horarios de atención a los declarantes obligados, de forma que todos puedan cumplir con los compromisos que les demanda el Registro de Beneficiarios Finales.
Adicionalmente esta semana Rocío Aguilar, ministra de Hacienda, envió una nota a los jerarcas de los bancos estatales para solicitarles la colaboración en este tema, de manera particular en la puesta en operación máxima de horario de las oficinas de registro para ampliar la capacidad de emisión de firmas digitales.
Prado recordó que se introdujo la posibilidad de que si algún obligado no posee firma digital, pueda acudir a un notario y autorice a un tercero que sí cuente con esta.
“Dicho reglamento fue publicado en abril de 2018, es decir, con 16 meses de antelación al inicio del registro, tiempo suficiente para gestionar el certificado digital”, explicó.

PERIODISTA: María Siu Lanzas

EMAIL: [email protected]

Sábado 14 Septiembre, 2019

HORA: 12:00 AM

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