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Opinión

Excesivas cargas sociales en Costa Rica

Osvaldo Corrales Jiménez

Costa Rica se precia de tener uno de los mejores sistemas de cobertura social de América Latina. Entonces, los seguros de salud y el régimen de vejez invalidez y muerte (IVM) de la CCSS está financiados por las deducciones sobre el salario de los trabajadores, más el aporte de los patronos y del Estado. Tales deducciones son forzosas de acuerdo a lo contemplado en el artículo 73 de la Constitución Política de nuestro país. 

Los patronos, mediante el sistema de deducciones obligatorias, deben aportar al Banco Popular un 0,25%, más otro 0,25% (para que tal entidad maneje irresponsablemente los recursos, toda vez que malos funcionarios dan préstamos para asuntos como el Cementazo). 

Además, los empresarios deben dar un 0,50% al IMAS (institución que muchas veces subejecuta sus presupuestos), y el 1,50% para el INA (un ente que “perdió su llave del progreso” toda vez que se gastan millones de colones sus directivos en paseos a otros países, entre otras cosas) y un 5% va al fondo de Asignaciones Familiares. Fuera de tales deducciones, el patrono debe destinar un 3% para un fondo de capitalización laboral y el 0,5% para el (FPC) fondo de pensiones complementarias a favor de los obreros. Y es que la creación del fondo de pensiones complementarias fue una estrategia de algún gobierno o proyecto legislativo, al ser sabedores de que en pocos años el fondo de pensiones del IVM se dirigía a su quiebra, o que los montos de pensiones del régimen de la CCSS en el futuro serían insuficientes para girar pensiones.

Otras deducciones patronales son el 9,25% para el seguro de enfermedad y maternidad, el 5,08% para el régimen de invalidez, vejez y enfermedad.

Luego, el INS recibe el 1% para seguros de riesgos laborales, cuando la naturaleza del trabajo lo amerite.

En total, el patrono ha de desembolsar sobre los montos de cada planilla el 26,33%.

Ciertamente algunos de los aportes de los patronos tienen un fin solidario, sin embargo, es una realidad que el sector empresarial de cierta manera ha sido obligado a aportar a instituciones públicas viciadas (como ya se intercaló en párrafos anteriores) por la mala gestión, la excesiva burocracia, el despilfarro, y el pago de pluses salariales de sus empleados. 

También se debe considerar que, en el sector público el Estado como patrono debe dar los aportes completos bajo el régimen cargas sociales, sin embargo, se sabe que el Estado no siempre cumple al día con esos aportes, pues el mismo Poder Ejecutivo siempre se ha caracterizado por su gran morosidad ante la CCSS. También, cabe preguntarse si las instituciones “descentralizadas” van al día con esos aportes patronales. 

Además, se podría cuestionar sobre la obligatoriedad de los patronos del sector privado, de contribuir al sostenimiento del Banco Popular, Fodesaf, IMAS y el INA, pues ni en la Carta Magna ni en la ley de la CCSS se especifica la potestad de esa entidad de realizar esas deducciones o ser ente recaudador, en otras palabras, si no existe una clara legislación entonces se vuelven inconstitucionales esos aportes. 

Volviendo a las cargas sociales, que deben aportar las empresas y actividades industriales de nuestro país, hemos de creer que algunos sectores en este momento están en situación económica satisfactoria, por lo tanto, no sentirán mucho el pago de esos rubros, pero la situación se vuelve distinta para las pequeñas y medianas empresas, que sí se ven impactadas por la desestabilidad económica e inflación, y la entrada o vigencia del impuesto de valor agregado. Es más, muchas pymes a veces no pueden soportar tantos tributos y optan por reducir personal y operaciones, o simplemente se trasladan a otros países. 

Ante tales situaciones, la diputada liberacionista María José Corrales ha propuesto ante la Asamblea Legislativa reducir el pago de esos aportes o cargas a las empresas privadas que tengan hasta 5 empleados, por un periodo de 4 años. Entonces, ante esa exoneración parcial en la planilla, la CCSS definiría el monto que debería pagar el patrono.

Respecto a otras imposiciones, se tiene el hecho de que, a los docentes se les deduce obligatoriamente de sus salarios un rubro para ls Caja de Ande y otras entidades magisteriales. En este sentido se viola el artículo 25 de la Constitución Política que indica: “Los habitantes de la República tienen derecho de asociarse para fines lícitos. Nadie podrá ser obligado a formar parte de asociación alguna”. Entonces, este tipo de cosas lo que crea es más caos social, sin embargo, para los sectores sindicales es muy fácil criticar al Gobierno Central por la crisis macroeconómica.

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Martes 30 Julio, 2019

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