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Nacionales

Mitos y verdades sobre la educación dual

Proyecto podría votarse en agosto

  • El diputado Wagner Jiménez es uno de los principales impulsores del proyecto. (Foto archivo)

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¿Qué dicen los detractores y defensores del proyecto sobre educación dual? La iniciativa que el gobierno y un grupo de fracciones defienden como una herramienta para generar empleo está en último proceso para su votación final en el Plenario, que podría darse en el mes de agosto.
Los sindicatos de la educación se oponen alegando que los estudiantes serían utilizados como mano de obra barata para las empresas. Mientras que un sector de los empresarios alega que tener que pagar una cuota adicional de la beca que recibirían los que apliquen y que se restringe a las grandes empresas, hará que estas no quieran involucrarse en el programa.
Aquí exponemos 6 puntos que se le han cuestionado al proyecto y que el diputado liberacionista Wagner Jiménez aclara sobre la iniciativa.

SEÑALAMIENTOS

1. Los patronos van a gozar de mano de obra gratis o casi gratis de jóvenes menores de edad. Tampoco tendrán ningún tipo de responsabilidad con la Seguridad Social, la Ley o la Constitución.

Respuesta

Esto no es cierto ya que las personas estudiantes de esta modalidad educativa tendrán la oportunidad de formarse en dos ámbitos de aprendizaje: en un centro educativo (modalidades presenciales, virtuales o bimodales) y en una empresa o centro de formación para la empleabilidad de manera alterna y simultánea, para que la persona estudiante adquiera los conocimientos teóricos y los ponga en práctica al mismo tiempo. La cantidad de horas que la persona estudiante permanezca en la empresa dependerá del diseño curricular del programa de Educación y Formación Técnica Profesional (EFTP) correspondiente.Este principio se desarrollará en cada programa educativo de conformidad con los lineamientos curriculares de cada institución educativa. Lo que implica que la estancia de la persona estudiante en la empresa o centro de formación para la empleabilidad no será diaria, sino que corresponderá a un número de horas semanales determinado por el diseño curricular del programa de EFTP correspondiente.

SEÑALAMIENTOS

2. El convenio de matrícula (contrato) será firmado entre el joven y un representante del centro educativo, el cual no tendrá responsabilidad alguna ante un accidente laboral u otras enfermedades del trabajo o que se sufren mientras trabajas.

Respuesta

Las personas estudiantes de la EFTP dual contarán con una Póliza de Seguro de Riesgos de Trabajo Especial para Formación Técnica Dual, la cual los cubrirá en caso de sufrir algún accidente o algún otro inconveniente que surja durante su estancia en la empresa o centro de formación para la empleabilidad.

SEÑALAMIENTOS

3. No va a recibir ningún tipo de salario, solo los pasajes, alimentación, vestimenta, el “equipo mínimo” de protección especial, el costo del programa y si tiene suerte unas monedas que se aprueben en el reglamento a esta Ley.

Respuesta

Se debe de recordar que la educación dual es una modalidad educativa, que permite a la persona estudiante formarse en dos ámbitos de aprendizaje, una institución de la EFTP y una empresa o centro de formación para la empleabilidad, por lo que las personas estudiantes no percibirán salario como tal, sino una beca, la cual consiste en un beneficio otorgado, para atender aspectos tales como: transporte, alimentación, vestimenta; así como otras ayudas económicas o técnicas adicionales que se determinarán en el reglamento de esta ley. 

SEÑALAMIENTOS

4-Bajo ninguna circunstancia existirá ningún tipo de relación laboral entre patronos y estudiantes durante este convenio. El estudiante deberá trabajar jornadas laborales completas bajo el mando de supervisores de la empresa o del centro educativo, con la excusa de que está “aprendiendo o capacitándose” para el futuro, pero deberá desempeñarse como un trabajador normal sin salario, sin protección real y sin acceso a la Seguridad Social.

Respuesta

La persona estudiante no laborará para la empresa o centro de formación para la empleabilidad, deberá de asistir a esta para seguir con su plan de formación, las horas serán previamente definidas dependiendo del diseño curricular del programa de EFTP que esté desarrollando, no obstante, su estancia en las empresas no superará las 12 horas semanales.

SEÑALAMIENTOS

5. Si se cree que los ¢120 mil que tendrán que pagar los patronos que exploten en su empresa a un joven en Educación Dual es suficiente para pagar su “capacitación”, entiendan que esos patronos se verán beneficiados con un trabajador a tiempo completo pagando tan solo un poco más de ¢625 colones la hora (que no se ilusionen los estudiantes, porque ese dinero no es para ellos, es para el INA), pero el salario mínimo de un trabajador no calificado es de ¢1,610 colones la hora. Tarde o temprano, ambos realizarán la misma labor, pero uno será vilmente explotado. Eso sí, las pequeñas y medianas empresas se exceptuarán de pagar ese dinero y estas tendrán mano de obra “gratis”.

Respuesta

Esto no es cierto. Dentro del proyecto se establece el principio de alternancia. La cantidad de horas que la persona estudiante permanecerá en la empresa formadora dependerá del diseño curricular del programa de EFTP correspondiente establecido por las instituciones u organizaciones mencionadas en el artículo 1, de conformidad con los lineamientos curriculares de cada institución educativa. 

SEÑALAMIENTOS

6. Este proyecto de Ley no tiene ningún beneficio para los jóvenes que accedan a la Educación Dual. Si así fuera, ¿para qué les aprueban la posibilidad de adquirir préstamos en la Comisión Nacional de Préstamos para la Educación? ¿Para qué no se mueran de hambre él y sus familias? Esa es la solución que el Gobierno les da a los jóvenes que quieren estudiar, pero en su hogar están necesitados de ingresos económicos, se les dice “no abandonen sus estudios” puedes sacar un préstamo, aunque tardes décadas cancelándolo. 

Respuesta

Hay que recordar que el artículo 4 del proyecto de ley, establece la beca para las personas estudiantes, y lo define como un beneficio otorgado a las personas estudiantes de la EFTP dual para atender aspectos tales como: transporte, alimentación, vestimenta, así como otras ayudas económicas o técnicas adicionales que se definan en el reglamento.Efectivamente se autoriza a la Comisión Nacional de Préstamos para la Educación, otorgar préstamos a los estudiantes que cursen programas de EFTP dual. Por qué, debido a que hay estudiantes de centros educativos privados que apliquen esta modalidad.

PERIODISTA: Bharley Quirós Navarro

EMAIL: [email protected]

Viernes 26 Julio, 2019

HORA: 12:00 AM

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