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Nacionales

ESPH deberá reintegrar IVA por facturación de consumo

Alumbrado público y alcantarillado exentos de impuestos

El servicio de alumbrado público y de hidrantes están exentos del IVA, según criterio del Ministerio de Hacienda

La Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH) deberá reintegrar el dinero del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que cobraron en los rubros asociados a la facturación de consumo. 

Así lo indicó Nogui Acosta, viceministro de Ingresos de Hacienda, quien explicó que la lectura que desde la cartera hacendaria realizaron es que son rubros que no pagan tributo. 

DIARIO EXTRA informó este viernes que la compañía cobra el IVA en alcantarillado, alumbrado público, tarifa hídrica e hidrantes, pese a la existencia de dudas sobre su procedimiento de implementación. 

Los florenses denunciaron que ya se les está cobrando el impuesto a aquellas personas que consumen una cantidad menor o igual a 30 metros cúbicos de recurso hídrico, así como 280 kWh en energía. 

Ante la duda de los vecinos heredianos, El Periódico de Más Venta de Costa Rica conversó con el viceministro y enfatizó que el IVA es un impuesto que requiere necesariamente una prestación de servicios. 

“Por ejemplo, yo pago alumbrado público, pero no recibo una contraprestación de servicios, o sea, usted no puede individualizar cuánto recibe de alumbrado cada persona. 

Entonces en ese sentido nosotros consideramos que ya se le dio le respondió tanto a Acueductos y Alcantarillados (AyA) y a la Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH) de que no se cobraría el IVA en esos rubros”, explicó el jerarca. 

 

NOTIFICACIÓN 

 

La ESPH comunicó a sus vecinos que desde el 12 de julio no reciben la comunicación formal de Hacienda para contar con una interpretación idónea y aplicar la legislación. 

De acuerdo con el documento DGT-1069-2019 del 4 de julio de 2019, Carlos Vargas, director de Tributación, respondió a Laura Castro Chaves, directora del área comercial de ESPH, las consultas sobre implementación de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

Sin embargo, desde Hacienda recalcaron que nunca se les hizo la consulta ni abordaron el tema de hidrantes y otros servicios. 

Las preguntas de la ESPH a Hacienda tuvieron relación con exoneraciones por lista de los exportadores o si cada compañía exportadora será responsable de hacer el trámite de exoneración. Hablaron sobre exenciones a redes de cuido y centros de atención. 

Además, consultaron sobre los contratos de servicios de energía eléctrica y agua potable que no están a nombre de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) porque arriendan locales o edificios de terceras personas, entre otros. 

“En cuanto a la facturación que refleje un consumo intermensual y que se observa en los ejemplos dados por la consultante debiendo detallarse el mismo en dos líneas del comprobante, de forma tal que se pueda individualizar el consumo de cada mes, por ejemplo, para los meses de junio y julio 2019. 

En una línea deberá indicarse la proporción del consumo realizado en el mes de julio aplicando la tarifa del 13% y otra utilizando en el “Código de Impuestos” el código 99” (otros) en la que se consigne la proporción del consumo del mes de junio con la tarifa correspondiente o incluso la exención de la misma”, expresó Carlos Vargas, director de Tributación. 

Sobre el tema de las exoneraciones, el Ministerio de Hacienda especificó que se otorga para los servicios que brindan y no para la adquisición de bienes y servicios como corresponde. 

Al respecto, el viceministro fue claro en que la ley es la que establece las exoneraciones.

 

A LA ESPERA 

 

Al momento en que se realizó la consulta a la ESPH, indicaron estar a la espera de la notificación del Ministerio de Hacienda para determinar las acciones que se deben ejecutar. 

“Hablemos de tarifa hídrica, alumbrado público y alcantarillado sanitario, los cuales son rubros asociados, pero no son rubros directamente del consumo de agua. 

A la fecha no tenemos respuesta y estaríamos esperando a la misma para proceder y saber si realmente procede o no cobrar impuestos sobre los mismos. En este momento, la facturación que está iniciando después de la entrada en vigencia tenemos que cobrarlo hasta que se determine lo contrario”, explicó Laura Chaves, directora del área comercial de la ESPH.

Los consumidores que gastan 31 metros cúbicos de agua en zonas donde existe alcantarillado sanitario deberán cancelar ¢23.585,11, mientras que con el IVA el monto incrementa a ¢25.353,89. 

Por su parte, quienes gasten 31 metros cúbicos en lugares donde no hay alcantarillado, el costo pasará de ¢14.871,11 a ¢16.639,89. 

Con respecto al servicio eléctrico, aquellos que consuman más de 281 kWh al mes pagan ahora ¢25.528,40; mientras que antes cancelaban ¢23.814,86 sin el IVA.

PERIODISTA: Greivin Granados

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL: [email protected]

Sábado 20 Julio, 2019

HORA: 12:00 AM

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