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Nacionales

Alza del 4% en recibos eléctricos en veremos

Distribuidoras de energía piden a Hacienda aclaración sobre IVA

El ajuste del 4% en el recibo iba a ser independiente del 13% del IVA que deben pagar quienes consuman más de 280 kWh

Las empresas de distribución de energía temían que con la llegada del impuesto al valor agregado (IVA) tuvieran que ajustar el recibo eléctrico de los abonados en un 4%. 

Ese ajuste iba a ser independiente del 13% del IVA que deben pagar quienes consuman más de 280 kilovatios/hora (kWh).

El 4% más bien responde a un IVA que iban a pagar dichas empresas por la compra de energía eléctrica al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE). 

Este es el cobro que está en veremos. Las compañías iban a trasladarlo a los consumidores porque les generaba un hueco financiero.

Sin embargo podría haber una esperanza con un reciente fallo de la Procuraduría General de la República, que reinstala algunas exoneraciones y por eso las empresas solicitan una aclaración al Ministerio de Hacienda. 

DIARIO EXTRA supo que este jueves enviaron una nota para que sea la administración quien diga si la exoneración que tenían las cooperativas y otros distribuidores se mantendrá.

La carta la envió la Cámara de Empresas de Distribución de Energía y Telecomunicaciones (Cedet), integrada por Coopesantos, Coopelesca, Coopeguanacaste, Coope Alfaro Ruiz, Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL), Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH) y Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago (Jasec).

El Diario del Pueblo solicitó una copia del oficio a la oficina de prensa de Cedet, pero adujeron no tener el visto bueno para suministrarnos una copia.

 

DOS LEYES

 

Algunos expertos tributarios indicaron a las cooperativas que si se hace una interpretación auténtica bajo su criterio, la exoneración debería mantenerse porque es parte de las que concedieron leyes anteriores. No obstante, la última palabra la tiene Hacienda.

La Ley 8345 en su artículo 10 estipula: “Las asociaciones cooperativas y los consorcios cooperativos formados por ellas y establecidos según la presente Ley, los beneficios fiscales y las exoneraciones de impuestos de toda clase, que puedan pesar sobre los bienes y servicios para la construcción, administración y operación general de sus sistemas, serán los mismos concedidos por el Estado a sus empresas de servicios eléctricos y a las empresas de servicios públicos municipales”.

Además el artículo 152 de la Ley 6995 indica: “Las cooperativas de electrificación rural, la Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago y la Empresa de Servicios Públicos de Heredia gozarán de exención de toda clase de impuestos respecto de todas sus compras de bienes y servicios necesarios en la realización de sus fines normales. Se deroga cualquier ley, general o especial, que se oponga a esta disposición”.

Allan Benavides, presidente de Cedet, manifestó a la prensa que el impuesto que el ICE iba a cobrarles por la compra de energía debía distribuirse entre todos los abonados y eso es justo lo que ocurrirá si Hacienda dice que la exoneración no se aplica para los distribuidores de energía eléctrica.

PERIODISTA: María Siu Lanzas

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL: [email protected]

Viernes 12 Julio, 2019

HORA: 12:00 AM

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