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Nacionales

Conozca qué pagará IVA a partir de julio

Nuevo reglamento de Hacienda

  • Conozca qué pagará IVA a partir de julio

  • Carla Coghi, socia de Impuestos de Deloitte Costa Rica, explicó cómo queda el IVA para varios servicios de uso cotidiano

El Ministerio de Hacienda publicó este martes el reglamento oficial del impuesto al valor agregado (IVA), que entra a regir en 15 días, es decir el 1º de julio. 

El documento está debidamente firmado y se publicó en el sitio https://www.imprentanacional.go.cr/pub/2019/06/11/ALCA129_11_06_2019.pdf

Recuerde que en el caso de los productos de la canasta básica están exentos hasta julio de 2020. La nueva regla, según los expertos, es que todo bien o servicio quedó gravado con el IVA, excepto lo que se exoneró. 

También tome en cuenta que si usted tiene un negocio o vende servicios profesionales podrá exonerar los gastos en que incurre para echar a andar la actividad.

Por ejemplo, si usted tiene un salón de belleza podrá aplicar un crédito fiscal por el alquiler, los esmaltes, la secadora, los espejos y demás si los compró a partir de julio.

“El crédito fiscal como un anticipo del IVA me lo puedo rebajar y luego voy a pagar a Tributación sobre la diferencia”, explicó Carla Coghi, socia de Impuestos de Deloitte Costa Rica.

Un punto importante es que si hubo alguna actividad que ofreció pagar toda la cuota de un año en estos meses para no cancelar el IVA, igual tendrá que pagar porque Tributación interpreta que el cobro se hace por mes disfrutado en el presente.

La única excepción es a los tiquetes aéreos. Es decir, si usted los compró en diciembre no pagarán el IVA, si los adquiere después de julio sí tiene que cancelar el impuesto.

Además Tributación de momento decidió no cobrar IVA a servicios transfronterizos como Uber, Netflix, Airbnb y Spotify. Esto hasta que publique una lista de proveedores o intermediarios; es decir, hasta nuevo aviso.

 

 

Comisiones de un crédito: No paga IVA. 

Pensión alimentaria: No paga IVA. 

Sillas de ruedas: No paga IVA. 

Compra de casa o edificio: No paga IVA.

Alquiler: Paga IVA cuando la mensualidad exceda ¢660 mil.

Agua: Paga IVA cuando el consumo exceda 30 metros cúbicos o gasta más de ¢20 mil por mes en el recibo.

Luz: Paga IVA cuando el consumo supera los 280 kilovatios o cuando el recibo excede los ¢25 mil por mes.

Canasta básica: Productos exentos hasta julio de 2020 cuando pagarán un 1%. Fuera de canasta básica ya pagan el 13% de IVA 

Agro y sector exportador: Compras autorizadas sin impuestos hasta el 30 de junio de este mes, luego deberá hacer el trámite expedito de devolución. 

Servicios médicos: IVA reducido del 4% para médicos privados, no se puede cobrar hasta que Hacienda defina el mecanismo de devolución. 

Educación privada: IVA reducido del 2%. Si es educación regulada por el MEP (preescolar, kínder, escuela, colegio, universidad) la tarifa del IVA es del 0%, o sea está exento. 

Clases deportivas: Quedaron con un IVA del 13%.

Medicamentos: Quedaron con una tarifa reducida del 2% de IVA.

Servicios profesionales liberales: Abogados, profesores, ingenieros, contadores, periodistas, arquitectos y demás que venden servicios quedaron con IVA del 13%.

Tiquetes aéreos: Tafira reducida de IVA del 4%. 

Timbres profesionales: Quedó exenta la cuota de membresía o afiliación a colegios profesionales y cámaras.

Transferencias bancarias: No pagan IVA. 

Seguros: Todos pagan al 13% de IVA, excepto vida o gastos médicos, cuya tarifa es del 2%.

Riesgos de Trabajo: Quedó exento.

Seguro Obligatorio Automotor: Siempre ha estado al 13% de IVA.

Turismo: Afiliados al ICT quedan con una tarifa gradual como canopy o rápidos.

Ropa: Queda al 13% de IVA. 

Hospedaje y restaurantes: Gravados con el 13% de IVA.

Construcción: Es gradual, pero hay un trato diferente para el subcontratista.

Corte de cabello: Queda al 13%.

Mecánico: Queda al 13%, pero ya lo tenía por ventas.

Taxis y buses: Si es tarifa regulada por Aresep no paga. 

Busetas particulares: De cualquier tipo pagan el 13% de IVA, ya sea escolares, turísticas, para el transporte de empleados o para viajar a Palmares.

Ojo de Agua, Parque de Diversiones u otro: Paga el 13% de IVA. 

Ir al cine: Paga 13% de IVA, hoy ya está gravado.

Guardería: Paga IVA del 13%.

Gimnasio: Paga IVA del 13%.

Compras por Internet: El servicio todavía no, pero los bienes ya están gravados por Aduanas.

PERIODISTA: María Siu Lanzas

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL: [email protected]

Miércoles 12 Junio, 2019

HORA: 12:00 AM

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