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Nacionales

Frenan insistencia de reactivar pesca de arrastre

Anulan acuerdo de Incopesca

El fallo de la Sala IV condena la insistencia del Poder Ejecutivo e Incopesca en restablecer la pesca de arrastre sin una ley que evite daños al medio ambiente marino. (Foto: Archivo)

La tarde de este viernes los magistrados de la Sala IV anularon el acuerdo que tomó el Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (Incopesca) el 10 de noviembre de 2017, cuyo objetivo era reactivar la pesca de arrastre de camarón.

El órgano constitucional declaró con lugar dos recursos de amparo que se interpusieron contra esta práctica que organizaciones ambientales como MarViva y estudios de universidades públicas declaran destructiva para el medio ambiente marino. 

A pesar que la Sala IV en 2013 declaró inconstitucional este procedimiento, la junta directiva de Incopesca se lo brincó e intentó restaurarla otorgando 33 licencias, las cuales quedaron suspendidas tras el fallo constitucional.

En el comunicado del tribunal constitucional se indica lo siguiente: “Por mayoría se declara con lugar el recurso. Se anula el acuerdo AJDIP/474-2017 de las sesiones 046-2017 del 10 de noviembre de 2017 del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, toda vez que la regulación de la licencia de pesca de arrastre de camarón debe realizarse mediante ley, como se indicó en la sentencia 2013-10540 de las 15:50 horas del 7 de agosto de 2013”.

 

NO MÁS

 

Los altos jueces en su resolución también les recuerdan a Gustavo Meneses, presidente ejecutivo de Incopesca, y los miembros de la junta directiva que deberán abstenerse de realizar nuevamente los hechos que dieron lugar a esta declaratoria, con la advertencia de incurrir en el delito previsto en el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, en caso de no hacerlo.

 

MEDIDAS

 

Además se le ordena a Meneses tomar las medidas necesarias y oportunas para que se les brinde asistencia socioeconómica a todas las personas en condiciones de vulnerabilidad, que dependan de la pesca de arrastre, mientras no se emita la ley referida.

Para tales efectos deberán elaborar en el plazo de seis meses, contado a partir de la notificación de este pronunciamiento, un plan de asistencia sobre este particular, sin poder autorizar, en ausencia de ley, nuevas modalidades de pesca de arrastre de camarón.

También los magistrados regañan a los legisladores que durante cuatro años fueron incapaces de promulgar una nueva normativa, por lo que insta a este poder de la República a actuar de inmediato con este proceso. 

Por último, se condena al Incopesca al pago de las costas, daños y perjuicios ocasionados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo.

PERIODISTA: Bharley Quirós Navarro

EMAIL: [email protected]

Sábado 17 Marzo, 2018

HORA: 12:00 AM

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