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Nacionales

Inamu aplaude licencia de maternidad a papá

El primero que se otorga tras fallo de la Sala IV

Alejandra Mora, ministra de la Condición de la Mujer, aseguró que el fallo viene a reforzar que el cuido de los menores corresponde, en igual medida a la madre como al padre

El Instituto Nacional de la Mujer (Inamu) aplaude la reciente resolución de los magistrados de la Sala Constitucional, que fallaron con lugar un recurso de amparo presentado por un papá quien exigía el otorgamiento de la licencia de maternidad para cuidar a su bebita, debido al fallecimiento de la madre horas después de haber dado a luz.

Al respecto, Alejandra Mora, ministra de la Condición de la Mujer y presidenta ejecutiva del Inamu, manifestó que el cuido y la crianza de las personas menores de edad le corresponde tanto a la madre como al padre, por lo que recalcó que la respuesta de los magistrados constitucionales 

fortalece la lucha por los derechos de las mujeres, de la corresponsabilidad en el cuido de ambos progenitores en diferentes circunstancias.

“Desde el Inamu  celebramos ese fallo, primero y único en nuestro país, el cual abre aún más las puertas para alcanzar la igualdad real entre hombres y mujeres en materia de la crianza y educación de los hijos. Está resolución viene a fortalecer el trabajo que realizamos  pues reconoce que la crianza de los hijos puede ser asumida tanto por mujeres como por hombres”, recalcó Mora.

Agregó la ministra Mora que “la resolución de los constitucionalistas 

da un espaldarazo a los movimientos de hombres sensibles que luchan por alcanzar la igualdad de las mujeres. Abona a la idea de que los padres deben pasar del rol de proveedor, al de cuidador, aun en presencia de la madre u otra persona encargada, gracias a que reconoce el potencial que tienen como personas cuidadoras y reafirma la idea de que, como las mujeres, ellos también pueden asumir la corresponsabilidad social de los cuidados”.

“El Inamu hace un llamado para que en las familias, en las escuelas y colegios, en las empresas, instituciones y municipalidades, se continúe trabajando para romper los estereotipos que afirman la falsa idea de que las mujeres y los hombres tiene tareas y oficios sexuados; es decir, que hay trabajos para hombres y otros trabajos para las mujeres. 

Este voto constitucional dimensiona lo dispuesto en la CEDAW y el Convenio de la OIT sobre las responsabilidades familiares. Desde el enfoque de corresponsabilidad de los cuidados, tanto la madre como el padre están en primera línea del otorgamiento de los cuidados. El potencial para cuidar, proteger y educar a los niños y las niñas es del ser humano, los hombres están totalmente capacitados, al igual que las mujeres, para aprender las tares de cuidado. Desde el Inamu confiamos en que otros poderes de la República, contribuyan a lograr la igualdad real de las mujeres”, enfatizó la jerarca de Inamu.    

Con la resolución, la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) deberá otorgar al padre de familia la licencia por tres meses para asumir el cuido de la bebé.

Entre otros, el fallo de la Sala Constitucional consideró el interés superior de la menorcita, por lo que la resolución señala que “una solución diferente implicará perjudicar a la menor debido a una diferenciación basada, de modo equivocado, en razones de género. Ello considerando que el ordinal 29 de la Ley de Jurisdicción Constitucional regula que el amparo procede también contra las actuaciones u omisiones fundamentales en normas erróneamente interpretadas o indebidamente aplicadas”.

PERIODISTA: Krissia Morris Gray

EMAIL: [email protected]

Lunes 17 Octubre, 2016

HORA: 12:00 AM

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