La Sala Constitucional dispuso anular el decreto de Fecundación in Vitro, firmado por el Presidente Luis Guillermo Solís, por quebrantar el principio de reserva de ley, toda vez que para cumplir con la sentencia de la Corte Interamericana se requiere de una ley formal, de conformidad con el artículo 2, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Incluso, emplazó al Poder Legislativo, a promulgar una ley que regule todo lo concerniente este procedimiento conforme a los valores, principios y normas nucleares del sistema republicano.
Según los magistrados, la materia referente derechos fundamentales, a la vida y a la salud, es reservada para los legisladores, esto basado en la declaración Universal de los Derechos Humanos de la Convención Americana y de la Constitución Política.
Además en cuanto al tema de la regulación de los derechos fundamentales, la sala considera que el rango de acción del poder ejecutivo es secundario y restringido.
La sentencia fue por mayoría y se basó en el principio democrático, ya que consideran que este tema debe de ser tratado con mayor profundidad por la Asamblea Legislativa, donde las diversas fuerzas representadas pueden generar un debate más amplio y una discusión más extensa relativa a este particular, algo que siempre a defendido la Sala y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
El presidente Luis Guillermo Solís, había firmado el decreto que regula y autoriza la Fecundación In Vitro en Costa Rica el pasado 10 de setiembre.
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Miércoles 03 Febrero, 2016
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