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Opinión

A un año del inicio de la operación “Margen Protector”: acciones recientes

El 7 de julio del 2014, se inició la operación israelí en Gaza denominada “Margen Protector”, como respuesta a la espiral de violencia en Palestina que inició a partir de junio del 2014 con la muerte de tres jóvenes israelíes y, unas semanas después, con la muerte de un joven palestino quemado vivo. En respuesta al lanzamiento de cohetes en dirección de asentamientos israelíes desde la franja de Gaza, las autoridades de Israel anunciaron el 7 de julio del 2014 el inicio de sus operaciones militares, incluyendo una ofensiva militar terrestre.

 

El informe de la Comisión de Investigación sobre Gaza

 

Desde el pasado 22 de junio del 2015, está disponible el informe de la Comisión Independiente creada en julio del 2014 por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, encargada de documentar las actuaciones de ambos bandos durante la última ofensiva israelí en Gaza: se trata del informe titulado: ”Report of the independent commission of inquiry established pursuant to Human Rights Council resolution S-21/1” disponible en el siguiente enlace: http://www.ohchr.org/EN/HRBodies/HRC/CoIGazaConflict/Pages/ReportCoIGaza.aspx#report.

 

Además de analizar los hechos, valora, a la luz de las reglas del derecho internacional humanitario,  la conducta de Israel y de grupos combatientes palestinos durante la operación militar israelí del verano del 2014 en la franja de Gaza. Nótese que lejos de juzgar únicamente a Israel, tal y como lo anunciaron tempranamente sus autoridades  y volvieron a hacerlo en recientes semanas, el informe cuestiona el accionar de ambos beligerantes durante el verano del 2014. 

 

El saldo en víctimas mortales de esta operación israelí en Gaza, al 4 de septiembre del 2014, según la OCHA antes citada, era el siguiente: 4 civiles, un oficial de seguridad y 67 militares del lado israelí;  2,131 muertes palestinas, de las cuales 1,473 correspondiente a civiles, entre las cuales 257 mujeres y 501 niños.

Una franja de Gaza infranqueable

 

Pese a múltiples e insistentes solicitudes ante las autoridades de Israel, los integrantes de esta comisión no pudieron acceder a la Franja de Gaza, cuyos principales accesos son controlados por Israel.  Se lee (punto 3 de la primera página de su informe) que Egipto tampoco colaboró mayormente con los integrantes de dicha comisión:  “3.The commission repeatedly requested Israel to cooperate, including by granting it access to Israel and the Occupied Palestinian Territory, including the West Bank, East Jerusalem and the Gaza Strip (see annex I). Regrettably, Israel did not respond to these requests. Subsequently, the commission learned from a press release  that no such cooperation would be forthcoming. The Government of Egypt, when requested to facilitate entry into the Gaza Strip through the Rafah crossing, responded that it was not possible owing to the prevailing security situation”.

 

El informe como tal viene acompañado de una recopilación de datos detallados de más de 180 páginas que se titula “Report of the detailed findings of the independent commission of inquiry established pursuant to Human Rights Council resolution S-21/1”  y que está también disponible en el enlace antes citado. En este documento se precisa que los integrantes de esta comisión realizaron, mediante el uso de las nuevas tecnologías de la información, más de 280 entrevistas confidenciales, y recibieron más de 500 declaraciones escritas y documentos de diversa naturaleza. El cerco informativo a Gaza por parte de las autoridades de Israel (y de Egipto) pareciera no tener respuesta efectiva ante el desarrollo de las nuevas tecnologías de la información.

 

El contenido de la resolución del 3  de julio del 2015

 

A poco menos de un año de conmemorarse el inicio de esta ofensiva militar en Gaza, el pasado Viernes 3 de julio, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, conformado por 47 Estados miembros, aprobó un texto (la resolución A/HRC/29/L/35) que acoge las recomendaciones del reciente informe de la Comisión de Investigación creada por este mismo Consejo, en julio del 2014.  

 

El texto que se titula “Ensuring accountability and justice for all violations of international law in the Occupied Palestinian Territory, including East Jerusalem”, condena el actuar de las fuerzas de Israel durante la última ofensiva militar realizada en Gaza del 2014 y exige que ambos bandos investiguen y sancionen a los responsables de cometer graves violaciones al derecho internacional humanitario. 

 

El punto 5 de la parte resolutiva exige a las partes en conflicto colaborar con la investigación preliminar iniciada por parte de la Corte Penal Internacional (CPI) en los siguientes términos: “ ... 5. Calls upon the parties concerned to cooperate fully with the preliminary examination of the International Criminal Court and with any subsequent investigation that may be opened”

 

En la parte de los considerandos, el escalofriante saldo en víctimas mortales de la operación militar israelí del 2014 es mencionado en los siguientes términos: “Emphasizing the importance of the safety and well-being of all civilians, reaffirming the obligation to ensure the protection of civilians in armed conflict, and deploring the civilian deaths that resulted from the conflict in and around the Gaza Strip in July and August 2014, including the killing of 1,462 Palestinian civilians, including 551 children and 299 women, and six Israeli civilians“.  

 

El voto del 3 de julio del 2015

 

A solicitud de la delegación de Estados Unidos, se procedió al voto para aprobar esta resolución: la resolución se adoptó con 41 votos a favor, 5 abstenciones y un voto en contra. Como es costumbre en este tipo de votación, únicamente votó en contra la delegación de Estados Unidos. Entre los Estados que optaron por abstenerse, se contabiliza a Etiopía, India, Kenia, Macedonia y Paraguay: este último siendo el único de los ocho Estados de América Latina actualmente miembros (a saber Argentina, Bolivia, Brasil, Cuba, El Salvador, México, Paraguay y Venezuela) en haber preferido desmarcarse del resto de América Latina. 

 

Diferencias con el voto de julio del 2014

 

La única posición en rojo registrada como “No” en el tablero de la votación recuerda la misma oposición solitaria evidenciada en julio del 2014 cuando el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas aprobó la creación de la Comisión de Investigación para investigar la forma en que ambos beligerantes conducían sus operaciones militares en Gaza en el 2014: en aquella oportunidad, la resolución se adoptó por 29 votos a favor (incluyendo el voto de todos los Estados de América Latina miembros del Consejo, incluyendo a Costa Rica), 17 abstenciones y el único voto en contra de Estados Unidos. 

 

A diferencia de la posición incólume de Estados Unidos en ambas votaciones, el caso de los Estados europeos merece una mención especial: mientras que en el mes de julio del 2014, los miembros de la Unión Europea (UE) optaron por abstenerse, el pasado viernes 3 de julio del 2015, votaron todos a favor del texto, incluyendo a Estados como Alemania, Francia, Países Bajos y Reino Unido.  

 

Conclusión 

 

El informe de la Comisión de Investigación sobre la ofensiva israelí del 2014 que cumplió en estos días un año,  fue presentado el pasado 22 de junio del 2015 en Ginebra por los integrantes de dicha Comisión, provocando las habituales gesticulaciones del aparato estatal israelí: estas últimas tendieron, como ya viene siendo costumbre, a desacreditar el contenido de este informe, a restarle validez, antecediendo incluso su publicación con la de un voluminoso informe oficial con una semana de antelación el pasado 14 de junio. Tres días después de su publicación por parte de Naciones Unidas, el día 25 de junio, Palestina aportó oficialmente a la CPI una acusación formal acompañada de varios informes y documentos sobre las exacciones cometidas  en el 2014 por parte de las fuerzas militares israelíes. Ambos episodios del mes de junio del 2015, pasados un tanto desapercibidos en la prensa internacional, completados ahora con la adopción de la resolución por parte del Consejo de Derechos Humanos el pasado 3 de julio,  constituyen significativos pasos en favor de la aplicación de la justicia penal internacional en Gaza. Reafirman, una vez más, la plena e inequívoca confianza de Palestina en los mecanismos previstos por el derecho penal internacional y en las entidades a cargo de su debida aplicación. Algo que debieran de celebrar y de respaldar de manera igualmente inequívoca la comunidad internacional como tal y cada uno de sus integrantes.

 

*Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,

Universidad de Costa Rica (UCR)

 

PERIODISTA: Nicolás Boeglin*

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Martes 14 Julio, 2015

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