El patrocinio profesional necesario en asuntos civiles
La ley a su alcance / Lic. Gerardo Morales
CONSULTA: Licenciado Morales, fui demandado por un monitorio dinerario. Tengo acceso al Sistema de Gestión en Línea de la Corte. Veo en documentos del expediente que incorporaron uno que dice “detalle de envío al SDJ”, no sé si es Sistema de Depósito Judicial.
Me atreví a enviarle por fax a la jueza un escrito mencionando los artículos de la Constitución, Código Civil, Código de Familia que se refieren a los embargos de pensiones y el patrimonio familiar -que está con el gravamen de habitación familiar a nombre de mi esposa- desde 1994. Le envié certificación del Registro Nacional y documento del Consejo Superior de los Tribunales, donde se refiere a los embargos de cuentas bancarias. No he sido notificado, pero me preocupa que me embarguen y rematen mi casa sin previo aviso, porque eso lo pueden hacer. Licenciado Don Gerardo, ¿será posible que la jueza ordene embargo de la propiedad, aun viendo la certificación del Registro Nacional? Si uno no conoce este sistema, cuando se da cuenta la casa tiene otro dueño y va para la calle... ¿Habré metido la pata al enviar esos documentos? Le estaré informando cómo salgo de esta situación, le agradezco cualquier asesoría. La ayuda que usted nos regala es invaluable. Bendiciones del Todopoderoso para usted y su familia. Saludos cordiales.
RESPUESTA: El derecho civil es más formal que otras disciplinas, como las discusiones laborales. En ese documento enviado por fax se requiere no solo su firma, sino también la debida autenticación de abogado. Si en el juzgado confirman este defecto, le darán 3 días para que se corrija, y un abogado tendrá que ir, con su sello, a estampar su firma y el cuño. La cita de la legislación no es suficiente, porque esta sería la base jurídica para solicitar algo, que sería la última parte de todo escrito, junto con el lugar para notificaciones. La ausencia de las pretensiones, lo que pide al juzgado que se resuelva, impide una sentencia satisfactoria, porque el juez no puede dar más de lo que se le pide. A esto le llaman el vicio de “ultra petita”.
Le recomiendo una de dos cosas: que vaya con un abogado a revisar el expediente o que le lleve copias de la demanda y su contestación, para verificar si todo está correcto, o hay que corregir algo, y se goza del tiempo necesario.
PERIODISTA: Redacción Diario Extra
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Sábado 19 Marzo, 2022
HORA: 12:00 AM