La Contraloría General de la República informó que la situación de inspección técnica vehicular del Consejo de Seguridad Vial (Cosevi) continúa incierta y las estrategias no son congruentes.
El ente contralor emitió el 13 de octubre de 2021 el informe de fiscalización “Auditoría de carácter especial sobre el proceso de gestión para garantizar la continuidad de los servicios en la prestación del servicio de inspección técnica vehicular”, en el cual se exponen falencias del Cosevi.
Además emitió un oficio que fue notificado el viernes 28 de enero para que el ingeniero Edwin Herrera Arias, director ejecutivo del Cosevi, tome las acciones correspondientes a más tardar el viernes 11 de febrero.
También se indicó en el oficio que en noviembre de 2021 el director ejecutivo llevó a cabo la elaboración del programa de trabajo “Estrategia para la Transición del Servicio de Inspección Técnica Vehicular”, sin embargo la Contraloría no aceptó este documento porque este presentaba datos incongruentes.
“Las propuestas de fechas establecidas en el cronograma no coinciden con el cierre del contrato vigente y la transición necesaria”, indicó el ente contralor.
Marcela Aragón, del Área de Fiscalización para el Desarrollo de las Ciudades, dijo que las estrategias no son proporcionales a lo que se solicita.
“Esto en atención a que el contrato actual vence en julio de este año y considerando que la estrategia planteada por la administración no es congruente con la realidad jurídica y contractual”, expresó.
CONTRA EL RELOJ
Herrera tiene cuatro días para entregar el programa de trabajo sobre la etapa de cierre contractual y el proceso de transición del servicio de IVE, donde se mencionen las actividades a realizar hasta el cierre del contrato.
El contrato vigente para la prestación exclusiva de los servicios de revisión técnica integrada vehicular, donde se verifica que la flota vehicular cumpla con las condiciones mecánicas, de seguridad y emisión de gases, vence el 15 de julio de 2022.
¿QUÉ PASA SI EL DIRECTOR EJECUTIVO INCUMPLE?
“Artículo 69.- Sanción por desobediencia. Cuando, en el ejercicio de sus potestades, la Contraloría General de la República haya cursado órdenes a los sujetos pasivos y estas no se hayan cumplido injustificadamente, las reiterará, por una sola vez, y fijará un plazo para su cumplimiento; pero de mantenerse la desobediencia una vez agotado el plazo, esta se reputará como falta grave y dará lugar a la suspensión o a la destitución del funcionario o empleado infractor, según lo determine la Contraloría. Para imponer la sanción al funcionario o a los funcionarios del sujeto pasivo, que hayan permanecido rebeldes ante la orden impartida, se les dará audiencia por ocho días hábiles, para que justifiquen el incumplimiento de la orden y, una vez transcurrido este plazo, se resolverá con vista del expediente formado”.
- Edwin Herrera Arias
Director ejecutivo del Cosevi
“Aparentemente, según criterio de la Contraloría, no se adapta a la vigencia o al contrato vigente, por lo que el Ministerio (de Obras Públicas y Transportes) y el Cosevi están en proceso de análisis para dar respuesta al 11 de febrero, que es el plazo que dio la Contraloría General de la República. Esta situación ha sido explicada en varias ocasiones a la Contraloría, sin embargo persiste en que sea el Cosevi quien resuelva el tema”.
PERIODISTA: Génesis Castillo Mora
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Lunes 07 de Febrero, 2022
HORA: 12:00 AM