Jueves 20, Julio 2023

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR


Nacionales

Rechazan recurso de Federico Malavassi

Contra debates televisivos en veda

Malavassi considera que los debates de las televisoras violentan la tregua electoral

 

 

 

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) rechazó un recurso presentado por el candidato del Partido Unión Liberal (PUL), Federico Malavassi Calvo, en contra de los debates que serán televisados en tiempos de veda electoral.
El aspirante presidencial reclamó que los espacios de Repretel y Teletica no debían realizarse, puesto que vulneraban lo dispuesto por el Código Electoral en cuanto a la veda, no obstante, la resolución dada a conocer por el TSE indica que “los debates políticos organizados por medios de comunicación no tienen el carácter de pauta publicitaria pagada” y, además, están cubiertos por la libertad de prensa, por lo que la solicitud es improcedente.
La resolución agrega que el TSE no puede intervenir en quién invitan los medios de comunicación privados y, si se excluye a un candidato (a), es de resorte de los organizadores por un criterio de “selectividad”.
La única forma en que puede intervenir el TSE es cuando, de por medio, se utilicen fondos públicos.
“Esta Autoridad Electoral solo interviene, a petición del presunto afectado, cuando se alegue que el parámetro para decidir quiénes participan de tales eventos no sigue estándares objetivos, lo cual no ha sido puntualizado en el escrito de interposición del recurso que ahora se conoce”, señala la resolución.
A partir de este jueves, las casas encuestadoras no podrán difundir o publicar investigaciones y estudios de opinión de forma parcial o total.
El artículo 138 del Código Electoral indica que institutos, universidades, entes públicos o privados y empresas dedicadas a elaborar encuestas y sondeos de opinión de carácter político-electoral deben estar registradas ante el TSE y no podrán difundir nada “durante los tres días inmediatos anteriores al de las elecciones y el propio día de los comicios”.
De igual forma, los partidos políticos no pueden difundir propaganda en medios de comunicación colectiva (artículo 136).
En caso de que una agrupación o medio de comunicación publique algún mensaje, será multado.
Caso similar para redes sociales y cualquier sitio en internet: no se pueden difundir banner, mensajes pagados.
No obstante, volanteos, entrevistas, megafoneos y debates están permitidos.

 

 

 

PERIODISTA: Aarón Chinchilla Carvajal

EMAIL: [email protected]

Jueves 03 de Febrero, 2022

HORA: 12:00 AM

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA