Miércoles 19, Julio 2023

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR


Nacionales

Partidos podrán reunirse hasta este domingo

Arranca recta final previo a elecciones

Los partidos deben solicitar permisos ante el TSE para realizar actividades electorales

El último día que tendrán las agrupaciones políticas para reunirse en piquetes, mitines y actividades proselitistas será mañana domingo 30 de enero. 

Así lo dispone el cronograma electoral dado a conocer por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). 

¿Qué sigue en el calendario electoral previo a las elecciones del próximo 6 de febrero?

Aquí se lo decimos: 

 

Sábado 29 de enero

 

El artículo 158 del Código Electoral obliga el envío del material y la documentación electorales a las juntas cantonales, las cuales lo distribuirán de inmediato entre las juntas receptoras de votos, de modo que lleguen a poder de estas, como mínimo ocho días naturales antes de las elecciones. 

En caso de que lo considere conveniente, el TSE podrá disponer que el material directamente a las juntas receptoras de votos.

 

Domingo 30 de enero

 

Último día para que los partidos políticos puedan celebrar reuniones o mítines en zonas públicas. 

De acuerdo con el artículo 137, inciso d) del Código Electoral, “Los partidos políticos no podrán celebrar reuniones o mítines en zonas públicas, en un mismo distrito electoral el mismo día” 

Tampoco podrán realizar actos proselitistas los seis días inmediatos anteriores al día de las elecciones 

 

Miércoles 2 de febrero

 

Dicho día será el último que tienen las casas encuestadoras para difundir o publicar investigaciones y estudios de opinión de forma parcial o total. 

El artículo 138 del Código Electoral indica que institutos, universidades, entes públicos o privados y empresas dedicadas a elaborar encuestas y sondeos de opinión de carácter político-electoral deben estar registradas ante el TSE y no podrán difundir nada “durante los tres días inmediatos anteriores al de las elecciones y el propio día de los comicios”.

De igual forma, el miércoles será el último día en que los partidos políticos pueden difundir propaganda en medios de comunicación colectiva (artículo 136).

En caso de que una agrupación o medio de comunicación publique algún mensaje, será multado. Caso similar para redes sociales y cualquier sitio en internet: No se pueden difundir banner, mensajes pagados

 

Domingo 6 de febrero

 

Votación ante las juntas receptoras para elegir Presidente y Vicepresidentes de la República y diputados a la Asamblea Legislativa. Horario de seis de la mañana a seis de la tarde. 

 

Martes 8 de marzo

 

Debe terminar el escrutinio de la elección de Presidente y Vicepresidentes de la República (artículo 198 del Código Electoral.

En la misma fecha, vence el término para que el TSE haga la declaratoria definitiva de la elección de Presidente y Vicepresidentes de la República. 

 

Miércoles 23 de marzo

 

Vence el término para que los partidos políticos puedan incluir aquellos gastos justificables generados por su participación en el proceso electoral, a efecto de obtener la contribución estatal.

PERIODISTA: Aarón Chinchilla Carvajal

EMAIL: [email protected]

Sábado 29 de Enero, 2022

HORA: 12:00 AM

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA