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Nacionales

Sociedades morosas no podrán contratar con el Estado

Plazo para pagar impuesto vence el próximo lunes

El plazo para pagar el tributo vence el 31 de enero, según informó el Ministerio de Hacienda

 

 

 

Las sociedades que no paguen el impuesto a las personas jurídicas no podrán tener contratos con el Estado y tampoco inscribir ningún documento ante el Registro Nacional, hacer movimientos, ni recibir certificaciones.
Además se exponen al pago de intereses y a la sanción por morosidad, de acuerdo con lo establecido en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios, e incluso a la disolución de la sociedad, conforme lo dispone la ley, cuando no se pague el impuesto durante tres periodos consecutivos.
El plazo para cancelar el tributo vence el 31 de enero, según informó el Ministerio de Hacienda. Se trata del cargo correspondiente al periodo fiscal 2022.
El pago deben hacerlo las sociedades mercantiles, las sucursales de una sociedad extranjera o su representante, las empresas individuales de responsabilidad limitada, las casas extranjeras, las sociedades anónimas, las de responsabilidad limitada, en comandita o colectivas y las empresas individuales de responsabilidad limitada.
Este se puede realizar por medio Débito en Tiempo Real (DTR), la página web de la entidad bancaria o directamente en sus ventanillas con solo indicar el número de identificación de la persona jurídica.
Están exentas de este pago las micro y pequeñas empresas inscritas en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), y los pequeños y medianos productores agropecuarios inscritos en el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).

LOS MONTOS

Las sociedades inscritas en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, no inscritas en el Registro Único Tributario, con actividad lucrativa (sociedad inactiva) deben pagar un 15%, que se traduce en ¢69.330.
Este mismo monto rige para las sociedades activas, aprobadas como declarantes del impuesto sobre la renta por la Administración Tributaria.
En el caso de los contribuyentes en el impuesto sobre la renta (régimen tradicional y ganancias de capital), con ingresos brutos menores a 120 salarios base, la tasa es de un 25%, es decir ¢115.550.
Un 30% o ¢138.660 es lo que corresponde a contribuyentes en el impuesto sobre la renta del régimen tradicional y ganancias de capital, con ingresos brutos entre 120 y menos de 280 salarios base.
Para los contribuyentes en el impuesto sobre la renta en la misma condición que la anterior, pero con ingresos brutos superiores a 280 salarios base, se debe pagar un 50% para un total de ¢231.100.
“Para el cálculo del impuesto es necesario que las personas jurídicas que realicen alguna actividad lucrativa se encuentren al día en la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta del periodo anterior, para evitar inconvenientes con este pago”, aseguró Carlos Vargas, director general de Tributación, quien recordó que el salario base para este año es de ¢462.200.

 

 

 

PERIODISTA: María Siu Lanzas

EMAIL: [email protected]

Sábado 29 de Enero, 2022

HORA: 12:00 AM

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