La medida de restricción vehicular no se aplicaría para el 6 de febrero, día de las elecciones nacionales. Así lo plantea el oficio STSE-0265-2022 del 28 de enero, firmado por Mariana Gómez Bolaños, prosecretaria general a.i. del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
En el documento se indica que aplicar la restricción vehicular sanitaria dispuesta por el Poder Ejecutivo el día de los comicios nacionales sería un “obstáculo para el efectivo ejercicio del derecho al sufragio, en tanto pueda implicar una imposibilidad para que los ciudadanos se desplacen a los centros de votación en caso de que estuvieran empadronados en lugares distantes a su residencia habitual al momento de la elección”.
De igual forma señala que la limitante de circulación “podría significar un impedimento para que los agentes electorales se trasladen a cumplir con sus labores el día de la elección, teniendo en cuenta que la jornada electoral inicia a las seis horas del domingo”.
“Sin lugar a dudas, podría constituirse en un obstáculo para que las agrupaciones políticas realicen algunas de sus tareas logísticas previo al día de la elección y en las primeras horas del propio día de la elección”, cita el documento.
“Esta Administración considera pertinente solicitarle se sirva elevar a consideración de las señoras y los señores Magistrados, la respetuosa recomendación para que, si a bien lo tienen en el ejercicio de las potestades (…) dejen sin efecto la restricción vehicular sanitaria dispuesta por el Poder Ejecutivo mediante Decreto Ejecutivo número 42253-MOPT-S del 24 de marzo de 2020 y todas sus reformas (…)”, detalla.
“Lo anterior en el entendido que el pronunciamiento que se recomienda aplicara únicamente para lo relativo aa la circulación vehicular específicamente, por lo que esta recomendación no contempla las otras restricciones asociadas a la de circulación vehicular, como es la referida al horario de funcionamiento de locales comerciales con permiso de funcionamiento”, añade.
El acuerdo se adoptó en la sesión extraordinaria No.10-2022, celebrada el 28 de enero de 2022 por el Tribunal, integrado por la magistrada presidenta del TSE, Eugenia María Zamora Chavarría, y los magistrados Max Esquivel Faerron, Luz de los Ángeles Retana Chinchilla, Hugo Ernesto Picado León y Zetty María Bou Valverde.
“Se dispone: Aprobar conforme se propone. Hágase del conocimiento de los ministerios de la Presidencia, de Salud, de Obras Públicas y Transportes y de Seguridad Pública, Gobernación y Policía, así como de los partidos políticos. El Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas divulgará oportunamente lo acordado”, concluye el oficio.
MEDIDAS
Las “nuevas” medidas de restricción anunciadas por el gobierno de Carlos Alvarado se aplican desde el 24 de enero y en teoría regirían hasta el 15 de febrero.
No obstante, la solicitud del TSE exceptuaría el día de los comicios nacionales.
Actualmente el horario en que no se puede circular se extiende de la medianoche a las 5 de la mañana.
Del mismo modo se reanudaron actividades masivas y ampliación en comercios, centros comerciales, eventos culturales, actividades deportivas y bares: 60% de aforo con verificación voluntaria de código QR y 30% sin QR.
También se habilitó el 100% de personas de pie en los buses.
PERIODISTA: Aarón Chinchilla Carvajal
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Sábado 29 de Enero, 2022
HORA: 12:00 AM