El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica instó a todos los contribuyentes a realizar con diligencia el cierre financiero y fiscal correspondiente al presente año, teniendo en consideración que es el momento propicio para asegurar el soporte documental y asentar el control interno.
De acuerdo con la Reforma Fiscal Ley 9.635, las personas y empresas que están en el régimen tradicional, cuyo periodo fiscal va desde enero 2021 hasta diciembre 2021, tienen que presentar el cierre el 15 de marzo del 2022.
Quienes están dentro de regímenes especiales como el sector cafetalero y cañero azucarero la presentación debió realizarse el pasado 15 de diciembre (periodo fiscal va desde octubre del 2020 hasta setiembre del 2021).
Cabe mencionar que también existen otros regímenes especiales, por ejemplo el simplificado o el especial agropecuario, en los cuales la presentación y el pago son trimestrales.
Guillermo Smith, presidente de los contadores públicos, explicó que la mayoría de los contribuyentes que se encuentran inscritos ante la Administración Tributaria debe presentar la declaración del impuesto a las utilidades o impuesto sobre la renta del periodo 1 de enero-31 de diciembre de 2021 el próximo 15 de marzo de 2022.
“El impuesto de la renta se calcula utilizando los ingresos totales, le resta los gastos incurridos necesarios e indispensables para generar esos ingresos y al resultado neto se le aplica la tarifa del impuesto. La declaración se presenta por medio del formulario D101 Declaración Jurada del Impuesto sobre la Renta”, señaló Smith.
La declaración se presenta por medio de la plataforma del Ministerio de Hacienda llamada ATV y en ese apartado se crea un usuario y contraseña.
Smith resaltó que la declaración ya no se presenta en los bancos de forma física y el pago del impuesto se puede hacer por medio de internet ingresando a su cuenta (bancos públicos o privados).
“Si no tiene acceso a su cuenta bancaria por medio de internet o no quiere o no puede ir al banco de su preferencia y cancelarlo, no tiene que llevar el formulario, solo necesita darle al cajero su número de identificación (física o jurídica) e indicar que va a cancelar el impuesto sobre la renta”, detalló el jerarca.
Las sanciones van desde ¢57.775 hasta ¢173.325 y por eso es importante hacerlo de manera adecuada.
RECOMENDACIONES
- Registro y control de la pérdida fiscal en el año 2020.
- Tener la contabilidad al día y tener claras las obligaciones.
- Demostrar la utilidad o pérdida financiera.
- Conciliar la información enviada en las declaraciones.
- Utilizar créditos fiscales si tuvo pérdidas.
- Control de la prescripción de deudas antiguas con el fisco.
- Mantener actualizado el cálculo de la prorrata del IVA.
PERIODISTA: María Siu Lanzas
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Miércoles 22 de Diciembre, 2021
HORA: 12:00 AM