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Nacionales

Califican sensibles datos biométricos

Según Procuraduría

Si equiparamos los datos biométricos a la categoría de datos sensibles, su acceso está en principio prohibido, salvo consentimiento del titular, indica el dictamen.

La Procuraduría General de la República dejó claro que los datos biométricos de una persona son considerados como sensibles. Así lo manifestó a través de una consulta hecha por Radiográfica Costarricense S.A. (Racsa).
Al parecer esta empresa y la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) trabajan en un proyecto para validar la identidad del ciudadano a través de herramientas biométricas.
La consulta fue sobre la viabilidad jurídica para utilizar esta herramienta como mecanismo de comprobación.
La Ley No.8968 Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales no presenta una regulación explícita sobre los datos biométricos y su tratamiento. No se ha contemplado a la fecha una definición, tampoco una regulación especial para ello en la legislación.
No obstante, el abogado del Estado indicó que no se puede negar que, entre las categorías reguladas en dicha ley, estos datos pueden catalogarse como sensibles.
Lo justifican en que a través de ellos se permite la identificación inequívoca de las características físicas, fisiológicas y conductuales de una persona.
“No hay duda que estos datos están relacionados con el ejercicio de los derechos a la intimidad, imagen y autodeterminación informativa, quedando resguardados, en consecuencia, por lo dispuesto en el artículo 24 de la Constitución Política”, indica la Procuraduría y deja claro que no hacen referencia al proyecto consultado, pues no lo conoce.
La biometría es un término que proviene del griego bio (vida) y metron (medida), por lo que se dedica a desarrollar técnicas que permitan medir y analizar una serie de parámetros físicos que son únicos en cada persona para comprobar su identidad. Entre los datos biométricos más utilizados están la huella dactilar, el reconocimiento facial, el iris de la retina, el ADN, la geometría de la mano o dedos y el reconocimiento de voz, entre otros.
Por eso el abogado del Estado concluye que la información biométrica no queda limitada a la huella dactilar o la imagen de una persona, sino que abarca todos aquellos datos recopilados a través de procesos tecnológicos y que llevan relación con características físicas, fisiológicas y conductuales de una persona, las cuales permiten identificarla inequívocamente.

PERIODISTA: María Siu Lanzas

EMAIL: [email protected]

Jueves 09 de Diciembre, 2021

HORA: 12:00 AM

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