Personeros de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), de su seccional Pensionados IVM, se presentaron a la oficina de la gerencia de pensiones del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), para reclamar dineros adeudados a la población acogida a su jubilación.
Los representantes sindicales mencionan que la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) les debe explicaciones sobre las razones que impidieron a las autoridades hacer los ajustes de las pensiones que no se efectuaron.
Dichos cambios a los montos de pensiones del IVM corresponden a los periodos de diciembre 2019, junio 2020, diciembre 2020 y junio 2021.
Dicha información se basa en los ajustes por costo de vida que se puede encontrar en la pagina web de la Caja, donde se detallan los movimientos que hace la institución al rubro.
Para los sindicalistas, los pensionados llevan dos años y seis meses recibiendo el mismo monto en sus pensiones depositadas cada mes, pero este monto se ha devaluado en casi un 3 % por el aumento en el costo de los productos y servicios básicos, según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que calcula el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC).
La deuda de la misma Caja con las personas acogidas al IVM asciende a los ¢29.372.073.119, los cuales deben ser cancelados a todos los pensionados de forma retroactiva.
A la fecha, hay cerca de 310.000 personas que están pensionadas con este régimen y que no tienen claro cuándo la CCSS se va a hacer cargo de la mora que tiene con ellos.
EXIGEN EXPLICACIONES
Las razones por las cuales la gerencia de pensiones tomó la decisión de no aplicar dichos ajustes no están claros y es por eso que en la reunión sostenida con los gerentes se solicitó los estudios actuariales donde se detallen los motivos.
“La Junta Directiva dispondrá periódicamente la revaluación o reajuste de las pensiones en curso de pago, previo estudio actuarial realizado por la Dirección Actuarial y de Planificación Económica, tomando en consideración las condiciones financieras de este Seguro. El monto del reajuste debe guardar relación, en la medida de lo posible, con los cambios en los niveles de salarios y de costo de vida observados”, menciona el artículo 28 del Reglamento de IVM sobre el tema.
Se intentó conocer la versión de la CCSS, sin embargo, al cierre de edición, no se obtuvo respuesta.
PERIODISTA: Geovanny Garita Rivas
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Viernes 05 de Noviembre, 2021
HORA: 12:00 AM