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Nacionales

Alertan fraude con 13 marcas de miel

Apicultores piden ordenar retiro inmediato

 

 

 

La Cámara Nacional de Apicultores alertó un presunto fraude con la comercialización de miel bajo 13 diferentes marcas. El sector solicitó al gobierno declarar ilegal los productos bajo esas marcas y ordenar su retiro inmediato del mercado nacional.
Los apicultores denunciaron a marcas denominadas "La Legítima", "Apinéctar", "Sweet Bee", "La Abejita de Heidy", "Miel de Reyes", "La Abeja Dorada", "Israel", “Mieles Bolaños", "La Casita de la Miel", "El Canasto", "Ma Bra", "Lala's Honey" y "La Mariolita", entre otras.
El caso se expuso directamente a la Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal del Servicio Nacional de Salud Animal (Dipoa-Senasa) bajo el argumento del uso indebido de las etiquetas.
Cita el sector que los productos consignan el atributo "Miel de abeja" y que el contenido de sus envases resulta ser un producto industrial incompatible con dicha naturaleza y definición.

SIN SUPERVISIÓN

Juan Bautista Alvarado, presidente de la Cámara Nacional de Fomento de la Apicultura, señaló que el país carece de los mecanismos de supervisión en cada uno de los procesos y la calidad del producto.
"En Costa Rica, cerca de un 30 % del producto que se vende como miel de abeja es miel falsa. Desde la Cámara Nacional de Apicultura le hemos solicitado al gobierno de Costa Rica la ilegalización y el retiro inmediato de las marcas.
Con nuestra acción buscamos proteger la industria y la actividad apícola, así como la salud de las personas. Este tipo de productos, que en su mayoría son glucosa de maíz, están poniendo en grave riesgo la salud de la población", detalló Alvarado.
La denuncia al órgano adscrito al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) detalló que la mayoría de esos productos contienen jarabe de glucosa, lo cual es un caso de publicidad engañosa.
El representante del sector mielero indicó que el marco legal usado para solicitar el retiro comercial es la Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal N° 8495.
La normativa establece que Senasa cuenta con la competencia para tomar las medidas pertinentes sobre el control de la seguridad e inocuidad de los productos y subproductos en las etapas de industrialización y comercialización.

 

 

 

PERIODISTA: Greivin Granados

EMAIL: [email protected]

Lunes 09 de Agosto, 2021

HORA: 12:00 AM

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