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Opinion

Impuesto al salario: ¿lo aplica correctamente?

Opinión

El impuesto al salario es un impuesto que no pasa de moda, es constante en todas las empresas, ya sea que tengan muchos o pocos colaboradores y es indiferente a la industria en la cual desarrollen sus operaciones. Pero, ¿sabe usted si lo está aplicando correctamente? En esta nota resumimos los principales puntos que usted debe considerar sobre este impuesto.

La regla general sobre el impuesto al salario es que se aplica a todos aquellos componentes de la compensación recibida por los colaboradores, en virtud de la ejecución de la relación laboral por la cual se les contrató. Esto quiere decir, que se debe analizar si todo lo que se les da o paga a los colaboradores debe estar sujeto a este impuesto. Hay algunos conceptos, como el aguinaldo o la liquidación laboral, que no están afectos. Por el contrario, beneficios como los bonos, las comisiones, las regalías, sí estarían sometidos al impuesto al salario. 

Otro tema importante es el momento en el que se genera el impuesto. Lo más común es que el impuesto se aplique en el momento en que se realiza el pago del salario al colaborador. Pero existen casos donde este análisis no es tan sencillo. Podríamos decir que el impuesto se debe aplicar en el momento en el que el beneficio se pone a disposición del colaborador, ya que es en este momento, en el que éste ya ve su patrimonio mejorado. Por ejemplo, si se paga un bono en tractos, el impuesto se debe calcular en cada pago y no al final del año.

Adicionalmente, recuerde que los colaboradores tienen derecho a que se les apliquen créditos fiscales mensuales, por cada hijo o cónyuge dependientes. Es obligación del patrono consultar a sus colaboradores si tienen esta condición y contar con la evidencia correspondiente (constancias de nacimiento, de estado civil) para poder aplicarles este beneficio. Estos créditos se actualizan anualmente, por lo cual es importante verificar si se están aplicando los créditos y por el monto correcto. Para el año 2021 los créditos son de ¢1.570,00 por cada hijo dependiente y de ¢2.370,00 por el cónyuge dependiente, por mes.

Ahora bien, recordemos que este es un impuesto de retención, lo que quiere decir que es el patrono quien tiene la obligación de calcular el impuesto, retenerlo de la remuneración del empleado y pagarlo a la autoridad tributaria. Si no cumple con esta obligación, Tributación puede cobrarle al patrono el impuesto que no haya sido retenido, lo cual le podría representar un gasto más en su negocio. Adicionalmente, si no cumple con el deber de retener los impuestos que correspondan, el gasto se convertiría en no deducible del impuesto sobre la renta. Esto podría representar a la empresa un perjuicio económico muy importante. 

Por lo anterior, implemente en su organización la buena práctica de realizar revisiones periódicas del cálculo del impuesto al salario y asegúrese que lo está aplicando correctamente. Esto le puede evitar inconvenientes y hasta generarle un ahorro en su negocio. 

 

*Gerente Impuestos y Servicios Legales

Deloitte

PERIODISTA: Redacción Diario Extra

EMAIL: [email protected]

Sábado 10 Julio, 2021

HORA: 12:00 AM

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