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Nacionales

H. Solís y MECO serían inhabilitadas por 10 años

Si se comprueban prácticas monopolísticas

Las empresas H. Solís y MECO se exponen a ser inhabilitadas para participar en la construcción de obra pública del Estado.

Las empresas H. Solís y MECO se exponen a ser inhabilitadas para participar en la construcción de obra pública del Estado por los próximos dos años, sanción que podría extenderse por hasta 10 años, en caso de que llegue a comprobarse que había compadre hablado en las licitaciones.
Así se desprende de la norma 9736, artículo 119, inciso f. Se trata de la nueva Ley de Fortalecimiento de las Autoridades de Competencia de Costa Rica.
Textualmente señala: “La prohibición del agente económico y de sus representantes legales de participar de cualquier forma en todo tipo de contratación administrativa con cualquier entidad pública por un plazo de entre dos y diez años, en los casos de infracción al inciso d) del artículo 11 de la Ley N.º 7472”.
Esta sanción aplica a quien establezca, concierte o coordine las ofertas o la abstención en las licitaciones, los concursos, los remates o las subastas públicos.
De igual modo, a las personas físicas que participen directamente en prácticas monopolísticas o concentraciones ilícitas, en representación de personas jurídicas o entidades de hecho, o por cuenta y orden de ellas, se impondrá una multa equivalente a un monto entre un salario base y hasta seiscientos ochenta salarios base.
Tal y como lo adelantó DIARIO EXTRA, el Órgano Superior de la Comisión para Promover la Competencia (Coprocom) en Sesión Extraordinaria N°6 celebrada el día 21 de junio de 2021, acordó ordenar el inicio de una investigación preliminar que involucra a varios agentes económicos del sector de la construcción.
Esto con el fin de determinar si efectivamente se presentaron conductas anticompetitivas sancionables conforme a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, N.º 7472 y a la Ley de Fortalecimiento de las Autoridades de Competencia de Costa Rica, N.º 9736.
Lo anterior a raíz de publicaciones recientes en varios medios de comunicación sobre supuestos acuerdos entre empresas constructoras para repartirse diversas licitaciones públicas, así como respecto a los supuestos hallazgos de la investigación realizada por la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción y el Organismo de Investigación Judicial en el caso conocido como Cochinilla.
Los acuerdos en general entre las empresas para repartirse las contrataciones públicas, también llamadas licitaciones colusorias, tienen como fin obtener mayores ganancias y manipular los procesos de compra pública (concursos), perjudicando con ello al Estado que termina pagando precios más altos.
“El costo de no evitar, detectar, perseguir y sancionar las licitaciones colusorias es sumamente elevado para el país, es por ello que necesitamos contar con los recursos necesarios”, dijo Guillermo Rojas, presidente de la Coprocom.
Karine Niño, diputada por el Partido Liberación Nacional (PLN), indicó a DIARIO EXTRA que también se reformó la Ley de Contratación Administrativa (LCA) en un artículo sobre la inhabilitación para las empresas constructoras y las encargadas de la inspección de obra de infraestructura vial.
Niño manifestó que aplica después de haber realizado un debido proceso y se daría cuando en las resoluciones se sientan responsabilidades puntuales a los contratistas por acciones u omisiones que provoquen incumplimientos como retrasos, encarecimientos o riesgos que atenten contra la vida o seguridad de las personas.
“En esa ley también se establece la tipificación de faltas graves en el contrato y en el cartel donde dicha inhabilitación para contratar con el Estado se extiende hasta 10 años. Es decir, que causen un perjuicio directo a la obra desde la forma de obtener el contrato hasta su ejecución”, precisó la diputada Niño.

PERIODISTA: María Siu Lanzas

EMAIL: [email protected]

Jueves 24 de Junio, 2021

HORA: 12:00 AM

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