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Nacionales

Orden para intervenciones telefónicas genera dudas

Sindicatos piden aclarar acciones de la fiscal general

  • La oficina de prensa del Ministerio Público indicó que se trata de un error a la hora de elaborar el documento

  • La nota de inhibición trae fecha de 2020, pero el oficio es de 2021, aparentemente es un error tipográfico

  • La fiscal general Emilia Navas asegura que se enteró del caso Cochinilla por la prensa el 14 de junio

¿En qué fecha exacta se inhibió la fiscal general Emilia Navas del caso Cochinilla? ¿Por qué no firmó la orden para las escuchas telefónicas? ¿Dónde estaba en ese momento?

Eso es lo que la Asociación Nacional de Empleados Judiciales (Anejud) quiere que investigue la Corte Suprema de Justicia. Así lo hicieron ver a través de una carta, en la que hablan de la importancia de que este asunto se aclare. 

Mario Mena, presidente de Anejud, dijo a DIARIO EXTRA que está en riesgo es la prueba recabada, la cual dependiendo del escenario podría ser declarada como “espuria”.

“Es la Corte la que debería hacer la investigación, tomando en cuenta la fecha en que se pidieron las intervenciones, y si no fue Emilia Navas la que firmó, entonces que soliciten a Gestión Humana dónde se encontraba para saber si ya estaba inhibida de la causa”, manifestó. 

Mena explicó que solo hay cuatro motivos por los que pudo no firmar: que estuviera inhibida, de vacaciones, incapacitada o con un permiso para estar fuera de la institución. 

Al respecto Jorge Morales, secretario general de Sindicato de Jueces (Sindijud), indicó que es relevante se llegue hasta el fondo de los hechos por la ley que regula las intervenciones telefónicas. 

“El artículo 10 dice que es la fiscal general, en este caso Emilia Navas, la que debe solicitar las intervenciones telefónicas, pero ella ha dicho que se enteró del caso Cochinilla hasta el día de los allanamientos (14 junio 2021), ¿entonces en qué momento específico el fiscal subrogante asume la solicitud de las intervenciones telefónicas y por qué?”, cuestionó. 

Indicó que si el fiscal subrogante se entera de un conflicto de intereses debe ponerlo en conocimiento del fiscal general para que se separe de la causa y no se sabe si eso fue lo que ocurrió. 

“Las dudas son importantes por las repercusiones sobre el proceso. No nos interesa el contenido de la investigación, sino la responsabilidad del Ministerio Público como un todo”, acotó.

 

ERROR TIPOGRÁFICO

 

La nota enviada a DIARIO EXTRA por la oficina de prensa del Ministerio Público trae fecha del 17 de junio de 2020 como inhibitoria del expediente 19-000025-1218-PE. Sin embargo el oficio es el FGR-676-2021.

“Sé que se inició desde el 2019 por el número de expediente que tiene, pero hasta el pasado lunes 14 de junio tuve conocimiento del mismo. Si se necesitó la participación de la Fiscalía General debe haber sido alguna de las personas que ocuparon el cargo de 2019 hasta hoy porque ni lo hice, no lo conocía y no lo hubiera hecho. Es importante que la población lo sepa, me enteré estando en la casa con mi mamá a través de los medios de prensa”, indicó Navas la semana pasada ante una consulta de la prensa. 

La oficina de prensa comunicó que el caso Cochinilla estaba exclusivamente en manos de la Fiscalía Anticorrupción. “El lunes 14 de junio la fiscala se entera por la prensa de la existencia del caso, pero al tener vacaciones aprobadas entre el viernes 11 y el miércoles 16 de junio, ambos inclusive, por motivo de una afección cardiaca que sufrió su madre la madrugada del viernes, es hasta el jueves 17, cuando regresa a labores como fiscala general, cuando presenta su inhibitoria, en cumplimiento a la ley y a la normativa interna”, agregaron.

Por su parte, el fiscal adjunto de Probidad, Transparencia y Anticorrupción, Carlos Meléndez Sequeira, dijo que en el caso de marras Navas no conoció, ni actuó, ni participó en actos de investigación fiscales, policiales o de autorizaciones jurisdiccionales.

“Para eso fungen los fiscales adjuntos subrogantes de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. No se puede dar más detalles por ser parte del legajo de investigación”, aseguró.

El fiscal adjunto agregó que dichas órdenes jurisdiccionales se solicitaron a quienes ostentaban el cargo de subrogante y fungía en ese momento como fiscal general en ejercicio. 

“Con lo anterior se aclara que la fiscala general Navas no firmó ninguna solicitud de intervención telefónica y que quien lo hizo fue la persona que se encontraba sustituyendo a la jerarca como fiscala subrogante”, finalizó.

PERIODISTA: María Siu Lanzas

EMAIL: [email protected]

Jueves 24 de Junio, 2021

HORA: 12:00 AM

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