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Opinion

¿Cómo solicitar la devolución de impuestos?

Priscilla Piedra

Una duda constante que presentan los contribuyentes se refiere a que, si en aquellos casos donde por error pagó de más en un impuesto o se acumularon saldos a favor, pueden solicitar la devolución de estos a la Tributación.
De conformidad con lo que establece el artículo 45 del Código de Normas y Procedimientos, los contribuyentes tenemos derecho de solicitar a la Administración Tributaria la devolución de saldos a favor, no obstante, debemos tomar en cuenta que el artículo nos establece un orden para poder hacer uso de esos saldos, siendo que, lo primero que se debe de realizar es aplicarlo a los pagos que correspondan al mismo impuesto que generó estos montos, si esto no es posible, podrá utilizarlos para el pago de otro impuesto administrado por Tributación, y si esto tampoco es posible, se podrá solicitar la devolución de los montos.
A manera de ejemplo, si tengo saldos que se generaron por concepto del IVA, podría utilizarlos para pagar el mismo IVA de meses posteriores, si no tengo impuestos que declarar, podría aplicarlo a los pagos parciales de renta, si esto tampoco es posible, debo continuar con el procedimiento de devolución.
Para estos efectos, el interesado deberá completar el denominado formulario D-402 y presentarlo a través de la plataforma TRAVI, y dependiendo del impuesto que se trate, aportar la documentación de respaldo necesaria, que incluye en el caso del impuesto sobre la renta, la información sobre los pagos realizados y detalle de la liquidación del período.
Si la devolución se genera por remesas al exterior, deberá adjuntar el detalle de la retención, señalando monto principal, monto retenido, tarifa aplicada, porcentaje que correspondía señalando el fundamento legal.
Por su parte, cuando el saldo se generó por concepto de impuesto sobre el valor agregado, deberá aportarse una declaración jurada en la que se desglosen los bienes (equipo, maquinaria, insumos, etc.) adquiridos, su uso específico en el negocio, así como del sitio de su ubicación física, cuando corresponda a estos conceptos.
Finalmente, es recomendable que, previo a iniciar el trámite, solicite a la Dirección General de Tributación un estado de cuenta para confirmar que los saldos a favor coinciden con los que tiene reportados este órgano, ya que, si se presentan diferencias, la Tributación podría rechazar el trámite.

*Socia de Impuestos y Servicios Legales Deloitte

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Martes 15 Junio, 2021

HORA: 12:00 AM

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