Convención del PLN no debe ser pospuesta
Opinión
En Costa Rica gozamos de una legislación electoral claramente definida, por medio del Código Electoral (Ley 8.765 y sus reformas), donde se establecen las reglas claras del juego político y los plazos perentorios de inscripciones para quienes buscan ser candidatos a la Presidencia de la Repúblicas y diputaciones.
En ese sentido, las agrupaciones políticas se preparan de cara al proceso electoral. Tal es el caso del Partido Liberación Nacional (PLN), el más grande del país y con casi 70 años de existencia.
La pandemia del Covid-19 es un asunto que indiscutiblemente viene a alterar el comportamiento de los procesos internos partidarios. En ese sentido, el PLN, ha sido responsable en sus actuaciones, cuando en el mes de diciembre del 2020, la Asamblea Nacional decidió trasladar su convención interna para el 6 de junio de 2021, y corrió las fechas de la calendarización de inscripciones para la renovación de estructuras internas, creyendo que los efectos de la pandemia serían menores en junio que en abril, pero no fue así.
Ahora, existe una discusión interna y a nivel nacional, sobre mantener la fecha definida (6 de junio) o si debe posponerse para el mes de agosto. Como militante de la agrupación política, considero que debemos seguir adelante con la agenda actual, pues aplazarla desembocaría más perjuicios que beneficios.
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) ha sido claro en señalar que los plazos electorales se mantienen y no se modificarán. En ese sentido, Liberación Nacional, debe tener ratificados sus candidatos a la presidencia, vicepresidencias y diputaciones, a más tardar el 30 de setiembre de este año, pues debe garantizarse la plena seguridad y la certeza para la inscripción de los y las aspirantes a los puestos de elección popular. No podemos olvidar que este proceso está abierto y existen cerca de 20 mil personas inscritas en él. La agrupación no puede violentar la democracia que ha sido baluarte del PLN desde sus inicios.
En ese sentido, los plazos deben alcanzar para celebrar las 82 asambleas cantonales, las asambleas provinciales y la asamblea nacional, donde se definirán y ratificarán los nombres de los postulantes, tomando en consideración posibles impugnaciones o apelaciones de los resultados.
Los artículos 147 y 148 del Código Electoral dictan que la convocatoria a elecciones la hará el TSE cuatro meses antes de la fecha en que han de celebrarse estas y que, para su debida inscripción en el Registro Electoral, las candidaturas solo podrán presentarse desde la convocatoria a elecciones hasta tres meses y quince días naturales antes del día de la elección, es decir, a mediados de octubre deben estar inscritas ante el TSE, dichas papeletas. Siendo así, trasladar la fecha de la convención para el mes de agosto haría imposible celebrar las asambleas cantonales y provinciales. Pues no podemos pasar por alto que existe la posibilidad de que se endurezcan las medidas de restricción sanitaria, en agosto, que vengan a poner en riesgo los procesos internos; de modo tal, que violentemos el artículo 52 inciso k) del Código Electoral, pues la ratificación es esencial en el proceso.
Además, Si posponemos la fecha de la convención y no se llevan a cabo los procesos de renovación de estructuras, estaremos afectando de forma directa a todos aquellos aspirantes a diputados que no forman parte de la asamblea actual y que perderán la posibilidad de integrar la futura Asamblea Nacional o Plenaria que los elegirá. Este es un asunto de graves implicaciones.
Lo que sí está claro, es el hecho de que la democracia es participativa y representativa, según el número de votos emitidos en una convención que es abierta. Sin embargo, no es obligatoria su participación. Nadie está forzado a participar en el proceso si no lo desea, pero como agrupación política debemos brindar los espacios para hacerlo.
Esto me lleva al siguiente punto, el cual no podemos pasar por alto, ni tampoco desmeritar. Existe un protocolo extremadamente estricto, que ha sido construido por el Comité Ejecutivo Superior Nacional, el Tribunal de Elecciones Internas del PLN y la Comisión Covid-19, que fue sometido al escrutinio del Ministerio de Salud y del Tribunal Supremo de Elecciones para su respectiva aprobación. Es decir, habrá garantía de protección para el electorado y la dirigencia partidaria, pues se contará con fiscalizadores, como por ejemplo, el Ministerio de Salud, Ministerio de Seguridad y Fuerza Pública para el debido cumplimiento de las medidas. Estas incluyen: no hablar al momento de hacer fila para ingresar al recinto de votación, mantener la distancia de 1.8 metros, el uso correcto de la mascarilla, aplicación de soluciones de alcohol, no permitir el ingreso de personas que presenten síntomas como tos o fiebre, entre otras.
En síntesis, el país no puede detenerse por la coyuntura actual, aspecto que se refleja diariamente con los miles de personas que van al supermercado, a la feria del agricultor, los niños y jóvenes que asisten a las aulas y quienes toman el autobús, donde corren mayores riesgos y están más expuestos al virus SARS-COV-2, que por el hecho de participar en la convención.
Sin lugar a dudas, la salud debe ser una prioridad en este proceso electoral, y para ello es obligatorio que cada costarricense actúe con responsabilidad, velando por su protección mediante el respeto a los protocolos de salud.
La democracia es participativa y requiere asumirse con responsabilidad, no es un asunto que deba tomarse a la ligera. Los procesos electorales deberán desarrollarse en medio de una pandemia, sean hoy, mañana, en dos semanas o un mes. El riesgo estará latente, mientras el Gobierno de la República no acelere el proceso de vacunación.
*Diputado de la República
PERIODISTA: Redacción Diario Extra
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Sábado 15 Mayo, 2021
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