Los productores no concuerdan con el gobierno en que con la emisión de un decreto para la inscripción de ingredientes activos se vienen a resolver 13 años de rezago con el registro de agroquímicos.
Francisco Muñoz, presidente de la Cámara de Agricultura y Agroindustria, manifestó ante una consulta de DIARIO EXTRA que es un paso en la dirección correcta, pero no arregla el problema.
En su criterio, si hubiera voluntad política para entrarle a la situación, el Ejecutivo ya habría convocado el proyecto Ley para el Registro de Agroquímicos, que se maneja bajo el expediente N°22.437.Según Muñoz, el decreto para la inscripción de ingredientes activos apenas soluciona el 5% del tema. Reconoció que hubo un intento en el pasado por avanzar que fue frenado por la Sala Constitucional.
“El ingrediente activo tiene que formularlo, eso pasa por todo un proceso”, manifestó. El vocero de los agricultores, quien además es ingeniero agrónomo, se refiere a que luego hay que registrar el producto terminado.
Lo que los pretenden es que exista un marco jurídico para el registro de los productos finales.
El Ministerio de Agricultura dio a conocer esta semana que, con el registro del primer ingrediente activo grado técnico de última generación, quedaba por demostrada la agilización en el proceso de inscripción de estos productos.
Se hace referencia al decreto N°42769-MAG-S-Minae, emitido por el Poder Ejecutivo a inicios de año. La solicitud se presentó el 1 de marzo de 2021 y fue resuelta positivamente el 30 de abril, lo que equivale a 60 días naturales y 40 hábiles.
“Estamos demostrando que el nuevo reglamento contempla un sistema de registro ágil y seguro, acorde con el estándar de países de la OCDE, que permitirá que el sector agrícola tenga acceso a nuevas alternativas en el control de plagas, al tiempo que se avanza en facilitar la salida de plaguicidas obsoletos o prohibidos a nivel mundial”, dijo Renato Alvarado Rivera, ministro de Agricultura y Ganadería.
De acuerdo con el MAG, a partir de la inscripción de ingredientes activos que se realicen con este reglamento, se podrá contar con documentación base (perfiles de referencia) para el registro de moléculas químicamente similares, lo que se ha denominado “registro por equivalencia”, así como llevar a cabo las evaluaciones de riesgo ambiental de los productos formulados que se aplican en el campo agrícola.
PERIODISTA: María Siu Lanzas
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Miércoles 05 de Mayo, 2021
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