Jueves 20, Julio 2023

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Opinion

Sanciones laborales se pueden impugnar en juzgados de trabajo

La ley a su alcance

CONSULTA: Tengo 4 meses de estar trabajando en una empresa. El reloj marcador está malo, y el jefe llega un poco tarde. Yo enciendo el equipo de cómputo con el que trabajo por lo menos diez o cinco minutos antes de mi horario oficial de entrada, pero me han enviado varias advertencias, por la mala marca del reloj.
Esto ya lo he indicado, pero con unas cuantas amonestaciones me podrían hacer una carta para sancionarme peor o despedirme. ¿Usted cree que el tiempo de apertura de mi computadora sea una buena prueba? ¿O puedo yo ir a un juzgado con las pruebas para que me quiten la amonestación?

RESPUESTA: El Código de Trabajo le otorga un plazo de un mes a los trabajadores para que se opongan legalmente a una sanción. La hora impresa de su primer trabajo en la mañana o fotos de la pantalla que muestren que se abrió su equipo, son buenas pruebas, porque tienen la hora y la fecha.
No necesita abogado, puede hacerlo personalmente, y debe llevar las cartas de amonestación.
Usted puede reclamar la sanción por escrito, aportar la prueba, y señalar un medio para notificaciones, que puede ser un fax o un correo electrónico autorizado.

PERIODISTA:

EMAIL:

Lunes 03 Mayo, 2021

HORA: 12:00 AM

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA

ÚLTIMA HORA