La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) se inventó una definición de trabajador independiente en su última propuesta de reglamento. Esto es lo que considera del Colegio de Contadores Públicos.
Al parecer, la Caja brinda una definición de trabajador independiente muy amplia, que puede incluir, por ejemplo, rentas pasivas, reglas del capítulo II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, alquileres, dividendos, intereses. No obstante, se trata de una persona que trabaja por cuenta propia sin estar vinculada a un contrato de trabajo; es decir, no es una persona asalariada.
El artículo 1 del reglamento establece que se trata de una “Persona física que desarrolla de forma autónoma una actividad o trabajo generador de ingresos de carácter no salarial. Es la propietaria que ejerce el control de las actividades y sin subordinación toma las decisiones más importantes de una unidad económica. Puede trabajar sola o con la colaboración de otros trabajadores independientes y proporcionar o no trabajo a terceros”.
“No hay explicación legal para que, por medio del reglamento y los acuerdos de junta directiva de la CCSS, se fijen porcentajes diferentes a los trabajadores que trabajan por su propia cuenta con relación a los trabajadores asalariados; haciendo más altas las cuotas a pagar por ser un ‘trabajador independiente’, violándose ese principio constitucional”, indicó Guillermo Smith, presidente del Colegio.
Asimismo, manifestó que no mantiene las condiciones de igualdad de conformidad con el artículo 3 de la Constitución Política y es contraria a la Ley Constitutiva de la institución y de la normativa vigente desde la Convención Americana de Derechos Humanos.
Tampoco están de acuerdo con el plazo de prescripción, que se ha indicado en el artículo No 3, inciso 7 del proyecto, a saber: 10 años. “El plazo aplicable de prescripción es de 4 años, como lo establece el artículo No 51 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios; y así, lo ha establecido la Sala Constitucional en la sentencia 13658-2018 por ser una contribución parafiscal”, señaló Smith.
Para el presidente del Colegio de Contadores Públicos debe establecerse una declaración autoliquidativa, que implique una fecha para presentar la declaración y un formulario para presentarlo, pues los ingresos de las personas que trabajan por cuenta propia varían según la demanda y el servicio que prestan.
“No puede ser que los ‘trabajadores independientes’ estén en esta inseguridad jurídica, de que si van a ser fiscalizados por la CCSS les vayan a aplicar cobros de sumas exorbitantes de muchos años, y estableciendo un monto fijo mensual por año”, indicó Smith.
PERIODISTA: María Siu Lanzas
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Martes 27 de Abril, 2021
HORA: 12:00 AM