¿Se está convirtiendo Mideplan en un superministerio?
Lic. Bernal Monge Pacheco
Nos llama a reflexión que cada día se le asignan más funciones a MIDEPLAN y se va más allá de lo dispuesto en su Ley de Creación 5525, donde se establecen sus funciones principales. Se le asignaron funciones, en la Ley 8131 Ley de Administración Financiera de República y Presupuestos Públicos, Ley 9635 Ley de Fortalecimiento de la Finanzas Públicas y el proyecto de ley de empleo público. En el pasado se quiso convertir a Mideplan es un superministerio y la experiencia no fue muy positiva. Al respeto tener presente lo que indica La Unión Médica Nacional: El Dr. Edwin Solano considera inaceptable el proyecto de Ley Marco de Empleo Público, que impulsa Garrido, al considerar que lo que se pretende es la creación de un megaministerio. En el proyecto de Ley de Empleo Público se crea la Dirección General del Servicio Civil como un órgano de desconcentración máxima adscrito a Mideplan. La Ley No. 5525 de Planificación Nacional crea el Sistema Nacional de Planificación (SNP) como columna vertebral para la dirección y coordinación del Sector Público, estableciendo los procedimientos y mecanismos que permiten generar capacidades en las instituciones, vinculando los procesos de prospectiva, programación, presupuestación, ejecución y evaluación de políticas, planes y programas en relación con el desarrollo nacional. Mideplan se constituye en el órgano asesor y de apoyo técnico de la Presidencia de la República y es la instancia encargada de formular, coordinar, dar seguimiento y evaluar las estrategias y prioridades del Gobierno; es decir, define la visión y metas de mediano y largo plazo que inspiran el accionar del Ejecutivo. Algunas de las funciones principales del Ministerio son: Definir una estrategia de desarrollo del país, que incluya metas a mediano y largo plazo. Elaborar el Plan Nacional de Desarrollo, el cual debe traducir la estrategia de Gobierno en prioridades, políticas, programas y acciones. Coordinar, evaluar y dar seguimiento a esas acciones, programas y políticas. Mantener un diagnóstico actualizado y prospectivo de la evolución del desarrollo nacional, como un insumo vital para fortalecer los procesos de toma de decisiones y evaluar el impacto de los programas y acciones de Gobierno. Promover una permanente evaluación y renovación de los servicios que presta el Estado (modernización de la Administración Pública). Velar por la aplicación de las prioridades de Gobierno en la asignación del presupuesto, la inversión pública y la cooperación internacional. A Mideplan, por su parte, recientemente se le asignó el rol de coordinador de políticas de empleo y remuneraciones públicas. En la Ley 9635, Ley de Fortalecimiento de la Finanzas Públicas, en el Artículo 46- Rectoría de Empleo Público. Toda la materia de empleo del sector público estará bajo la rectoría del ministro o la ministra de Planificación Nacional y Política Económica, quien deberá establecer, dirigir y coordinar las políticas generales, la coordinación, la asesoría y el apoyo a todas las instituciones públicas, y definir los lineamientos y las normativas administrativas que tienda a la unificación, simplificación y coherencia del empleo en el sector público, velando que instituciones del sector público respondan adecuadamente a los objetivos, las metas y las acciones definidas. Además, deberá evaluar el sistema de empleo público y todos sus componentes en términos de eficiencia, eficacia, economía y calidad, y proponer y promover los ajustes necesarios para el mejor desempeño de los funcionarios y las instituciones públicas. La rectoría para Mideplan en empleo establecida en el artículo 46 de la Ley N°2166, adicionado por artículo 3 de la Ley N°9635, es de carácter institucional y por consiguiente las labores de coordinación, asesoría y apoyo que ahí se contemplan deben dimensionarse dentro de ese nivel. La rectoría en materia de empleo público implica labores de coordinación, emisión de políticas públicas y lineamientos generales, en virtud de los cuales se brinda una labor asesora y de apoyo. La Contraloría General de la República ha señalo deficiencias y aspectos que se deben mejorar en la formulación y ejecución y cumplimiento de metas del Plan Nacional de Desarrollo en el informe DFOE SAF- IF-0005 del 2019. Considero que Mideplan debe jugar un papel más relevante para lograr un Plan Nacional de Desarrollo país más participativo, que involucre a todos los sectores y lograr un modelo de desarrollo que disminuya la pobreza y la desigualdad. El modelo de desarrollo con participación de todos los sectores para que se dé una visión compartida de país y del rumbo que debe llevarse y plasmarse en el Plan Nacional Desarrollo con una visión de largo plazo, por lo que se debe proponer un plan de desarrollo país. Es de reconocer que Mideplan ha realizado esfuerzos para lograr una mayor participación de todos los sectores en la formulación del Plan Nacional de Desarrollo.
*Consultor