La Sala Constitucional condenó a Raquel Vargas, directora General de Migración y Extranjería (DGME), luego de que la institución tardara hasta cuatro meses para otorgar una cita de un trámite sencillo bajo la justificación de la pandemia del Covid-19.
El recurso de amparo se tramitó bajo el expediente 21-003528-0007-CO, a nombre de un usuario de apellido García.
En el texto, el hombre alegó que el 20 de febrero del 2021 ingresó a la página web de Migración para sacar una cita con el objetivo de revisar su expediente, sin embargo, le fue imposible.
La plataforma le indicaba a García que, para los meses de marzo, abril, mayo y junio del 2021 “no había horarios disponibles para la fecha seleccionada”.
Acto seguido, García procedió a llamar al call center 1311 para solicitar la cita, pero al final se la dieron para el 4 de junio del 2021. El usuario alegó que el tiempo en espera para una simple revisión de un expediente era desproporcionado y lesionaba sus derechos fundamentales.
SE JUSTIFICA EN LA PANDEMIA
Al respecto, y según el expediente mencionado, Vargas señaló que el tiempo en espera se debía a las medidas adoptadas por el Covid-19.
Entre las justificaciones de la DGME se menciona “no es posible atender a todos los usuarios en un periodo corto de tiempo. Únicamente es posible la atención en Plataforma de Servicios de alrededor de 115 personas diarias aproximadamente”.
Vargas también argumentó el supuesto aforo permitido y reiteró que “el tipo de trámite no determina la cantidad de personas que se pueden atender presencialmente”.
QUE SE PONGAN A TRABAJAR
Sin embargo, las justificaciones de Vargas no surtieron efecto en la Sala Constitucional.
La magistrada Nancy Hernández, quien resolvió el amparo, aseguró a nombre del Tribunal que efectivamente el tiempo de espera para ser atendido es desproporcionado.
“En ese sentido, estima esta Sala que aún en la situación de pandemia que vive el país, la fecha que fue programada la cita para revisar un expediente resulta un plazo de espera desproporcionado”, indicaron.
Concluyeron: “Por lo tanto se declara con lugar el recurso. Se ordena a Raquel Vargas que gire de inmediato las órdenes pertinentes y lleve a cabo todas las actuaciones para que puedan revisar el expediente”.
Por este caso, la Sala condenó al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados.
PERIODISTA: Marco Antonio González
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Lunes 05 de Abril, 2021
HORA: 12:00 AM