Los componentes del salario
La ley a su alcance
CONSULTA: Señor Gerardo, para mí es un gusto saludarlo. El día miércoles 17 de marzo del presente año, usted publicó en el DIARIO EXTRA un artículo: “Acierto del Poder Judicial en cuanto a embargos de salario” y cuando lo leí me quedó una duda de cómo lo interpretaron en el Departamento de Recursos Humanos de dos bancos públicos donde laboré. En uno me aplicaban el embargo al salario hasta a las comisiones que recibía por vender X producto financiero, pero en el otro banco solo me aplicaban el embargo al salario y no a las comisiones que recibía por hacer el mismo servicio que le vendía al cliente. Como me quedó esta duda, consulté al Departamento de Recursos Humanos y la persona me explicó que el embargo solo se aplica al salario, como lo expresa el Código de Trabajo y no dice que se aplique sobre las comisiones ganadas, entonces ¿cómo puedo defenderme si me sucede en otro trabajo? Yo siempre he trabajado en ventas de productos financieros. Sin más, le agradezco la atención del caso.
RESPUESTA: El salario tiene varios componentes, como son las horas extraordinarias, el salario en especie, que es una ventaja que recibe el trabajador por disfrutar de una casa que le presta el patrono, o la alimentación que sin costo se le brinda en una fábrica. También son otra modalidad de salario, la participación en las utilidades, ventas o cobros que el trabajador haga para su patrono. Puede ocurrir que exista un salario base, pero se le deben sumar todas las ventajas que puedan ser traducidas a dinero. Los embargos no se limitan al salario base, sino que se deben incluir todas aquellas sumas que lo elevan, pero con total respeto de salvarle el 75% al trabajador en los salarios altos, el 87,5 % en los medios.
El salario mínimo inferior no se toca, salvo por pensión alimentaria.