Retenciones ilegales de pensión
La ley a su alcance
CONSULTA: Tengo una deuda de tarjeta con Coopeande. Se me hizo difícil seguir pagando. pero tengo un préstamo con ellos mismos de un millón, me lo rebajan de mi humilde pensión de Hacienda como (¢20 mil por mes). No sé si al entrar en problemas con ellos en los próximos meses puedan con algún mecanismo administrativo interno rebajarme X monto sin pasar por los tribunales en caso de demanda de embargo. Yo tengo una pensión por invalidez, recibo ¢105 mil por préstamos que tengo en otras entidades y una de Hacienda recibo ¢85mil por el mismo caso. Yo les llamo dos pequeñas bendiciones. Sé que son inembargables, la casa es patrimonio familiar desde hace muchos años y la deuda está solo a mi nombre, mi señora nunca ha firmado nada. Pero como aquí en Costa Rica a veces se brincan las leyes es que le consulto.
RESPUESTA: Las pensiones son insecuestrables por cualquier motivo, salvo por pensión alimentaria. Esto deberían saberlo los prestamistas de cooperativas y de toda esa fauna. Usted debe dirigirse al Departamento de Administración de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social, por escrito, manifestando su OPOSICIÓN a que le toquen en su pensión. Bien lo saben los funcionarios de la Caja, que el artículo 59 de la Ley Constitutiva de la institución, y su Reglamento de Invalidez Vejez y Muerte que esa plata está custodiada por la Caja, únicamente para pagar pensiones, y no deudas mercantiles en las que no pueden actuar de intermediarios, menos de cobradores oficiosos. Para cerrar la ilegalidad, el artículo 984 del Código Civil, las declara insecuestrables, y el artículo 11 del Código de Trabajo impide al trabajador renunciar a los beneficios otorgados por el Código de Trabajo y leyes conexas. Dirija su carta a esa oficina, con copia para recibido. Los tratos entre particulares no modifican la ley.