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Nacionales

10 aspectos a tomar en cuenta del cierre fiscal del 2020

Expertos hacen algunas recomendaciones

Francisco Villalobos, Director ICS Asesores Fiscales

  1. Asesórese con un contador autorizado.
  2. Asegúrese de que sus declaraciones mensuales de IVA coincidan con su declaración de renta final.
  3. No deseche las facturas electrónicas, porque son el único comprobante legal de cada gasto o ingreso que realizó dentro del periodo fiscal que debe declarar.
  4. Solo deduzca como gastos aquellos que son vinculantes con la actividad económica que realizar.
  5. Si ya presentó  sus ganancias por rentas de capital, como por  ejemplo alquileres o rendimiento de inversiones no tiene que presentar la declaración anual.
  6. Con respecto a las sociedades inactivas recuerde que solo declaran su patrimonio y lo deben hacer hasta el 15 de marzo. Además estar atento a que el Ministerio de Hacienda publique en su sitio web el nuevo formulario de declaración, en este caso dos meses posteriores al cierre fiscal.
  7. Tenga en cuenta que solo puede deducir gastos por pagos al exterior si realizó las retenciones obligatorias que señala la administración tributaria.
  8. En caso de que no le alcance el flujo de caja para pagar los impuestos, converse y revise con su contador la posibilidad de hacer un fraccionamiento de los pagos.
  9. Recuerde que la declaración del impuesto sobre la renta debe presentarla antes del 15 de marzo, de lo contrario se expone a multas.
  10. Las multas a las que se expone por la omisión del pago es de hasta medio salario base 231.100 e incluye intereses  por morosidad de un 1% por cada mes transcurrido y un 10.31% anual desde el 1 de enero del 2021.

Fuente:

Francisco Villalobos, Director ICS Asesores Fiscales

Eduardo Acevedo, Director de Cumplimiento Legal, ICS Asesores Fiscales

Josué Zúñiga: Consultor de Impuestos, ICS Asesores Fiscales

PERIODISTA: María Siu Lanzas

EMAIL: [email protected]

Lunes 15 de Marzo, 2021

HORA: 08:45 AM

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