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Opinión

Reserva de la fuente: un derecho inviolable

Hay quienes piensan que los periodistas jugamos a estar sobre el bien y el mal, que nos damos el lujo de decir y publicar lo que queremos y, peor aún, existen quienes consideran que deberían de meternos a la cárcel por el solo hecho de informar. 

También existen los grupos políticos y económicos que se incomodan al saber que un periodista anda investigando, buscando datos, olfateando una anomalía, pidiendo explicaciones de tal o cual tema, hurgando en lo más profundo y eso les molesta, les asusta, les causa contrariedad.

Los periodistas cumplen una gran labor, informar y formar, para cumplir con ambas premisas se ve inmerso en un mar de situaciones apremiantes, peligrosas, incómodas y tensas que le generan amigos y enemigos de gratis. 

Para poder conseguir información, verificarla y publicarla por el interés público que asiste a un país, se expone al amor y el odio de montones de personas, gremios, funcionarios de todos los estatus, amenazas y agresiones.

Las fuentes de información son vitales para ese ejercicio periodístico, van desde los recursos informativos escritos como informes, documentos, libros, revistas por ejemplo hasta datos obtenidos de forma verbal u oral, podríamos hablar de testimonios y declaraciones, estas a su vez podrían ser formales e informales. 

Ese uso no es exclusivo de los periodistas, todas las personas han tenido que echar mano a cualquiera de las antes mencionadas para efectos profesionales, académicos y personales, etc. 

Los periodistas no son la excepción, la fuente puede ser un documento, pero también una persona cercana a un tema especial o específico que estemos investigando, puede ser una víctima, un victimario, un sospechoso, un imputado o un condenado y con ello no pierde validez la información. 

Puede ser una persona intachable o cuestionada, los datos pueden llegar de mil formas, personalmente, por grabación, llamada telefónica, mensajes de audio, textos, documentos confidenciales, sobres de manila, cartas a mano, mensajes por mail y hasta el cable morse para ser más explícitos. 

Pero hay un dicho que aplicamos los periodistas más que nadie “se cuenta el milagro y no el santo”, para ser más directos periodista que revela la fuente “está muerto” profesionalmente, es evidente, debe cuidarse la integridad del informante, pues una noticia puede producir daños directos y colaterales importantes. 

Pero esto de reservarse el nombre de las fuentes no es una invención o un capricho, tiene fundamentos jurídicos. 

Los magistrados de la Sala Constitucional, en forma unánime, resolvieron un recurso de amparo (voto 4035-2014) que hizo historia en Costa Rica protegiendo el derecho a la intimidad de todos y cada uno de los costarricenses, pero más importante, garantizando el secreto de las fuentes y al hacerlo así, protegen las fuentes de todos los periodistas, y de aquellos que en forma habitual o regular informan al público en nuestra nación. En definitiva, se garantizó la libertad de prensa.  

Los periodistas no pueden ser obligados tampoco en el ejercicio profesional a revelar detalles de esas fuentes como muchas personas han pretendido o insinuado. Reservarse ese derecho no es un delito, por el contrario, es un derecho y una obligación que nos asiste. 

Intentar tan solo modificar esta norma es perverso, pone en riesgo el quehacer de los profesionales y los medios de información, pero además vulnera el derecho de las personas a estar debidamente informadas. 

Que una información llegue a manos de un periodista que con responsabilidad puede corroborarla y a su vez acompañarla de más fuentes ha permito revelar actos de corrupción inimaginables. 

No puede haber amagos y menos viniendo del poder público, político o económico, para limitar esa reserva, eso sería violentar el Estado de derecho. Pero no solo la ley nacional contempla esa reserva, los artículos 13.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 19.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, aseguran “la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección”.

El concepto de orden público reclama que, dentro de una sociedad democrática, se garanticen las mayores posibilidades de circulación de noticias, ideas y opiniones, así como el más amplio acceso a la información por parte de la sociedad en su conjunto. 

La libertad de expresión es así piedra angular en la existencia misma de una sociedad democrática y pluralista, pues es indispensable para la formación de la opinión pública. 

Por ello, no es posible afirmar que una sociedad esté bien informada si no hay libertad de prensa, si los periodistas están señalados y obligados a revelar sus fuentes y menos a ser investigados o intervenidos en sus comunicaciones para obtener esas identidades, un pueblo en esas condiciones no es plenamente libre.

PERIODISTA: Redacción Diario Extra

EMAIL: [email protected]

Viernes 14 Febrero, 2020

HORA: 12:00 AM

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