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Nacionales

Diputados aprueban proyecto que restringe huelgas

En primer debate

El diputado Carlos Ricardo Benavides explicó los cambios del proyecto.

Treinta y seis diputados aprobaron este martes nuevamente en primer debate el expediente 21.049, una iniciativa que impone nuevas reglas para la realización de huelgas en el país.

En contra lo votaron 15 legisladores: Paola Vega y Welmer Ramos del PAC; Carmen Chan, Ignacio Alpízar, Nidia Céspedes, Marulin Azofeifa y Jonathan Prendas, del bloque independiente de Nueva República; Óscar Cascante y Shirley Díaz del PUSC; Walter Muñoz del PIN; José María Villalta del FA; Dragos Dolanescu del Republicano; y los liberacionistas Paola Valladares, Daniel Ulate y Franggi Nicolás.

El polémico expediente debió ser sometido de nuevo al primer debate en el Plenario luego que la Sala IV encontrara dos vicios de inconstitucionalidad en su texto original.

El lunes los legisladores aprobaron por unanimidad el informe de la Comisión de Consultas de Constitucionalidad que recomendó eliminar dos elementos del proyecto original luego de que la Sala IV halló vicios de inconstitucionalidad en ellos.

El primero en el artículo 350, que autorizaba la disolución de un sindicato si un representante legal o algún otro miembro era acusado en juicio por la comisión de delitos como lesiones a terceros, no auxiliar a personas heridas, daño agravado a vías de comunicación como puentes o carreteras, el bloqueo de carreteras, entre otros.

Por mayoría, los magistrados señalan que “no se puede trasladar la responsabilidad penal personal y personalísima de los dirigentes sindicales a todo el sindicato”.

El otro punto débil que puntualizó el ente constitucional tiene que ver con un vicio de procedimiento, ya que los diputados no consultaron a la Corte Plena si podían incluir como servicios esenciales los que da el Poder Judicial.

Ante esto, se optó por eliminar dichos puntos del proyecto evitando así requerir 38 votos para su aprobación.

PRINCIPALES CAMBIOS

*La reforma agiliza la notificación utilizando la vía correo electrónico a las organizaciones sindicales.
*Otorga 24 horas de tiempo al juez de trabajo para que resuelva la declaratoria de legalidad o ilegalidad de la huelga.
*Impide que se realicen huelgas en servicios declarados como esenciales, por ejemplo: salud, transporte, servicios judiciales, seguridad, distribución de combustible y otros y permite huelgas en servicios declarados como “trascendentales” siempre y cuando se establezca previamente servicios mínimos.
*En el caso del sector educación se permite la huelga con un máximo de 21 días.
*Remarca que las huelgas políticas es decir contra un proyecto de ley son prohibidas.
*Y establece el rebajo de salarios retroactivo de los trabajadores en huelga si el paro es declarado ilegal y la posibilidad de despidos sin responsabilidad laboral si no regresan a sus labores.

El proyecto será votado en segundo debate el próximo jueves.

PERIODISTA: Bharley Quirós Navarro

EMAIL: [email protected]

Martes 14 Enero, 2020

HORA: 12:15 PM

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