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Sucesos

Jefes de Defensoría de Habitantes se contradicen

Mientras uno avaló pago de prohibición, la otra señala que no se podía

De acuerdo con Rosa Vindas, Crespo no cumple con los requisitos para el puesto, aun así, le pagan prohibición y luego la retiran, pese a que es irrenunciable

DIARIO EXTRA dio a conocer la denuncia que interpuso Rosa Vindas ante Contraloría General de la República contra Catalina Crespo, defensora de los Habitantes, por presuntamente no cumplir con los requisitos de ley que le permitan ostentar el cargo.

Por ese motivo nos dimos a la tarea de buscar a la denunciada para que explicara cómo fue que, además de recibir el puesto, también obtuvo el beneficio del pago de la prohibición.

Desde un inicio la defensora argumentó no conocer las razones para que Vindas la denunciara ante el ente contralor.

No obstante, indicó que el Colegio de Profesionales en Psicología solo incorpora a licenciados, “por lo cual no estoy incorporada al colegio, de manera que tampoco recibo dinero en relación a la prohibición. Recibí en enero un mes e inmediatamente, cuando yo me di cuenta, le dije a Recursos Humanos que me lo quitara”, declaró Crespo.

Añadió que siendo defensora de los Habitantes le dijo a Hernán Rojas, jefe de Recursos Humanos, que no se le pagara el rubro de prohibición hasta determinar si estaba justificado recibirlo. “Le dije por favor que me lo quitaran”, afirmó.

De hecho, la funcionaria dijo que tampoco estaba segura de que pudiera recibir dicho pago, por lo que solicitó criterio a la Procuraduría General de la República sobre si teniendo un bachillerato en Psicología era posible cobrar el rubro de prohibición, aun cuando el Colegio no la incorporara.

 

SE CONTRADICEN

 

Así las cosas, la propia Crespo, conocedora de que la ley interna de la Defensoría de los Habitantes, señala que “la prohibición se paga en el momento donde haya una incorporación al Colegio, pero también que los psicólogos no se incorporan para trabajar como tal, si no tienen licenciatura”, solicitamos la explicación del jefe de Recursos Humanos.

Rojas, quien tiene a su cargo dicho departamento, afirmó que estaba consciente y seguro de la norma, por lo que mandó pagar la prohibición a Crespo. A lo que agregó que para “reforzar el criterio” de pago le hizo la consulta a Catalina Solano, jefa del Departamento Jurídico de la Defensoría, quien dijo que el 8 de enero del año en curso denegó el pago a Crespo porque el criterio que emitió Rojas era erróneo.

 

LEY ES CLARA

 

Cabe destacar que cada vez que Rojas comenzaba a hablar, Crespo lo interrumpía, pues el jefe de Recursos Humanos se contradecía más en su discurso a favor de la defensora de los Habitantes, contradiciendo el criterio del Departamento Jurídico, el cual resolvió contrario a su interpretación.

Además, lo que nunca explicó Rojas fue por qué si tenía duda sobre el pago de la prohibición y mandó preguntar al Departamento Legal, entonces adelantó que se le pagara a Crespo y nunca esperó a que este resolviera. 

De acuerdo con la Ley No. 6.144 del Colegio de Psicólogos, para que se pueda ejercer psicología formalmente en nuestro país se debe estar colegiado para ser reconocido como tal en dicho ente.

También la Ley No.9.635, de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, en su artículo 31 punto 3, aprobada ocho días antes del nombramiento de Crespo, indica: “Para poder acceder a la prohibición se debe estar colegiado y si esto no es posible, no se puede estar ejerciendo un cargo que por ley establece la prohibición”.

De hecho, la denuncia de Vindas advierte que “la prohibición no es renunciable según la ley, sin embargo, la oficina de Recursos Humanos y autoridades de control y fiscalización de la Defensoría le han permitido a la señora Crespo, bajo el argumento de que es un nombramiento proveniente de la Asamblea Legislativa, por votación de los diputados”.

La ley es clara y no hace excepciones en que para que Crespo pueda ejercer como defensora no solo debe tener un título de bachiller en Psicología, sino además estar incorporada al colegio respectivo, por tanto, al no estar colegiada, no puede recibir el pago de prohibición que le dio Rojas.

Asimismo, si la directora jurídica Catalina Solano le advierte a Rojas que no puede pagarle la prohibición a Crespo y esta renuncia a dicho rubro, pero la ley dice que la prohibición es irrenunciable, ¿qué está haciendo la señora Crespo como defensora de los Habitantes?

Peor aún, ¿por qué los órganos de control interno de la Defensoría de los Habitantes se atropellan entre sí y no han hecho nada para resolver el tema?

Tal vez ocurre algo similar a cuando Rojas tenía un vínculo sentimental con Gina Castro, subalterna del mismo departamento, y pese a que la Procuraduría General de la República estableció mediante el dictamen C-476-2014 que las relaciones están prohibidas, tuvo que llegar la defensora a ponerle fin al desorden.

PERIODISTA: Alexander Méndez

CRÉDITOS: Fotos: Johanfred Bonilla

EMAIL: [email protected]

Lunes 11 Noviembre, 2019

HORA: 12:00 AM

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