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Nacionales

12 de octubre no se traslada

Paga doble para quienes trabajen

Las personas que laboren este sábado 12 de octubre deben recibir pago doble por trabajar en día feriado de pago no obligatorio

El Día del Encuentro de Culturas, cuya celebración este año coincidió este año en sábado, es feriado de pago no obligatorio, según se establece en el artículo 148 del Código de Trabajo. 

Pese a que es el único feriado cuyo disfrute se permite trasladar al lunes siguiente, cuando cae entre martes y viernes, este año su goce no se debe trasladar, pues el feriado corresponde al día sábado, por tanto, no aplica el cambio. 

“Es importante tomar en consideración que todas las personas trabajadoras, sin importar el tipo de actividad que realicen, tienen derecho a disfrutar del feriado, es decir a no trabajar y no pueden ser sancionadas por esa causa. Ningún colaborador está obligado a laborar este día feriado, solamente si está de acuerdo”, informó el Ministerio de Trabajo. 

En este sentido, dicha instancia agrega que se exceptúa de esta regla lo establecido en los artículos 150 y 152 del Código de Trabajo, con lo cual, en el tema del reconocimiento de salario de este feriado, se tiene que las empresas con pago semanal (en actividad no comercial), es decir, que reconocen en el salario solo el tiempo efectivamente laborado de la semana, deben pagar los días trabajados durante esa semana, sin incluir el pago del sábado feriado, pero si se labora ese día, se paga un salario sencillo. 

Al mismo tiempo, en dicha modalidad de pago semanal, si se trabajan horas extra este 12 de octubre, aunque sea sábado, deben remunerarse a tiempo y medio. 

“Los centros de trabajo que pagan mensualmente o quincenalmente y los dedicados al comercio que pagan semanalmente, reconocen el salario de todos los días del mes, aunque sean descansos semanales o feriados. En estos casos, deben cancelar el salario completo de la semana, quincena o del mes, incluyendo el 12 de octubre. Si laboran este feriado, deben agregar el salario de un día sencillo para completar el pago doble”, añade el Ministerio de Trabajo. 

Por su parte, si en el día feriado se trabajan horas extra se deben pagar a tiempo y medio doble, en otras palabras, el pago correspondiente en dicha modalidad el pago es triple.

Si el trabajador labora en una empresa nacional, transnacional o internacional esta debe de conceder ese día feriado a las personas que trabajan en Costa Rica y que cualquier convenio sobre renuncia del disfrute de los feriados, es absolutamente nulo según el artículo 11 del Código de Trabajo.

PERIODISTA: Krissia Morris Gray

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL: [email protected]

Jueves 10 Octubre, 2019

HORA: 12:00 AM

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