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Nacionales

Ilegalidad de huelga Japdeva plagada de faltas ortográficas

La redactó el juez Francisco Vargas Ramírez

La huelga promovida por Sintrajap en Japdeva fue declarada ilegal por el Segundo Circuito Judicial de San José

Dedazos, faltas ortográficas y gramaticales, repetición exagerada de palabras, diferentes tipos y tamaños de letras, párrafos extensos y errores de concordancia, entre otros, son algunos de los problemas contenidos en el texto de la declaratoria de ilegalidad de la huelga en la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva).

De la lectura del documento se percibe que lo redactaron a la carrera, pues en muchas partes no se guardan las reglas formales de redacción a las que deben apegarse textos importantes, entre estos las sentencias judiciales.

“Por lo tanto, al no cumplir la Sindicato de Trabajadores de Japdeva y Afines Portuarios con los pronunciamiento del Comité de Libertad Sindical, de la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T), y decreto N°38767-MP-MTSS-MJP decreto al Reglamento al Artículo 375 del Código de Trabajo, con respecto a los servicios esenciales, así como la conciliación requisito fundamental establecido por la O:I:T: y artículo 377 del código de Trabajo para la declaratoria de legalidad de la huelga, es que se procede a acoger la pretensión del la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA) y declarar el presente movimiento de huelga como ilegal. Se ordena a los huelguista que una vez firme la presente resolución deberán incorporarse a sus centros de trabajo en el término de veinticuatro horas tal y como lo establece el artículo 385 del Código de Trabajo”, se lee en la sentencia N°1877-2018, redactada por el juez Francisco Vargas Ramírez.

Vargas Ramírez, juez del Segundo Circuito Judicial de San José, emitió la sentencia “a las dieciséis horas y tres minutos del veintiséis de setiembre del año dos mil dieciocho”.

Entre los argumentos emitidos por el funcionario para declarar ilegal la huelga promovida por Sintrajap están que los servicios que brinda Japdeva al país son esenciales para el país, al tiempo que “no demostró el Sindicato que se reunió o por lo menos llamo o intento comunicarse con algún representante del Estado con el fin de llegar o proponer soluciones de arreglo al conflicto político nacional”.

“(…) llega a la conclusión este juzgado que la paralización de los servicios que brinda los muelles de Limón centro y de Moin con lleva a una suspensión esencial para el país, toda vez que se paraliza la descarga y carga de los barcos, que contiene una serie de divisas e inclusive hasta alimentos que estando mucho tiempo sin manipular se ponen en estado de descomposición, así como otras divisas que se ven afectadas y la misma economía del país”, señala el documento judicial.

De acuerdo con el texto en cuestión, que se hizo público este jueves, se les da un plazo de 24 horas a los empleados de Japdeva para regresar a sus puestos de trabajo 24 horas después de conocida la notificación, por lo que deberían presentarse hoy mismo a los muelles de Limón y Moín.

 

PERIODISTA: Krissia Morris Gray

EMAIL: [email protected]

Sábado 29 Septiembre, 2018

HORA: 12:00 AM

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