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Nacionales

TSE reconoce incapacidad para controlar gasto de partidos

Hasta más de dos meses después corroboran a proveedores

Juan Luis Rivera, letrado del Tribunal y Giselle Valverde, jefa a.i. del departamento de financiamiento de partidos políticos concedieron una entrevista a DIARIO EXTRA, para hablar de la fiscalización

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) reconoció que no tiene capacidad para cerrar el portillo que permitiría que cualquier dinero ingrese a financiar la campaña electoral.

Lo único que pueden hacer es remitir a Hacienda aquellos casos que presenten irregularidades y eso se llevaría hasta más de dos meses después de que se ha prestado el servicio o vendido el bien a los partidos. 

Lo anterior permitiría que una persona o empresa facilite capitales de dudosa procedencia y pueda incluso salir tranquilamente del país. Entretanto, los partidos políticos, a diferencia del resto de los contribuyentes, podrán presentar facturas sin timbrar a la libre. 

Juan Luis Rivera, letrado del Tribunal y Giselle Valverde, jefa a.i. del departamento de financiamiento de partidos políticos, concedieron una entrevista a DIARIO EXTRA para hablar del tema. 

¿Van a admitir facturas sin timbrar a los partidos políticos?

- El TSE, frente a una disputa jurídica en la que actúa como juez por un recurso que plantea el PUSC, hace una lectura y entiende que el reglamento contiene una norma que es contraria a la Constitución Política y al Código Electoral. El Tribunal interpreta que no puede exigir un requisito que no aparece en la normativa electoral y que eso no le resta capacidad probatoria para corroborar el gasto en la sede electoral. 

¿Pero entonces el TSE sí va a permitir las facturas sin timbrar?

-El Tribunal va a admitir documentos que tengan identidad probatoria para acreditar el gasto, el hecho de que no esté autorizado (por Tributación) no es un elemento que les reste capacidad probatoria. 

¿Y si yo me invento la factura y le digo vea este es mi gasto y viene de plata del lavado?

-Los procesos de comprobación de gasto no solo pasan por un documento o varios probatorios de gasto, porque la norma no solo exige la factura, sino un informe de labores, entre otros. Hacemos también un proceso de control integral, verificamos la congruencia entre ingresos y gastos. Tiene que haber una trazabilidad, debe haber una congruencia. Tiene que haber una fuente de origen lícito. 

¿Y cómo saben que la fuente es lícita?

- Una vez que ha sido ingresado (el gasto), ya sea que se pagó con cheque, transferencia bancaria o efectivo, se revisa no solo la formalidad de la factura, sino la globalidad. 

Si yo traigo una factura y viene de “Soda Los patitos”, ¿cómo comprueban que existe, que tiene una ubicación y que contribuye a la CCSS y demás? 

-Hacemos verificaciones adicionales, hacemos consultas a la CCSS para ver si está inscrito como patrono, comprobaciones con los bancos a ver si tienen cuentas, verificaciones de cédula jurídica y con la administración tributaria. 

Eran ¢9 millones lo que el PUSC estaba impugnando dentro de un universo de ¢950 millones. ¿Ustedes tienen capacidad para verificar ese gasto y el de todo el resto de los partidos políticos?

-Nosotros tenemos capacidad para fiscalizar y vamos a tener que generar esa capacidad para fiscalizar los ¢25 mil millones que el Estado va a destinar para el financiamiento de la campaña que se avecina. Como le decía, dependiendo de la formalidad que recibamos con esa celeridad se va a revisar esa liquidación. 

¿Cómo?

-Lo que más inquieta a la administración tributaria es la evasión, ya hay un reporte que se hace, no es lo mismo que yo tome una factura que tiene todas las formalidades a ese escenario hipotético que usted propone, porque si después de todas las diligencias de investigación no resulta factible tener certeza, lo que va a pasar es que se objeta el gasto y es un riesgo que corre la agrupación política que utiliza facturas de ese tipo. Eso va a impactar en la celeridad de hacer el pago. 

¿En qué consiste la revisión?

-Tenemos un procedimiento de verificación aleatoria, incorporando variables estadísticas, algunas son de cuantía elevadísima, como transporte o alquileres se revisan al 100% y otras de cuantía menor, hacemos un aleatorio, de acuerdo con una definición de criterio técnico para minimizar los riesgos. 

 ¿Cuáles son los filtros?

-En principio la liquidación viene revisada por un contador público autorizado, viene al departamento de financiamiento que no se queda con ese informe, el TSE puede recurrir a una valoración aleatoria de los gastos. Si viene con inconsistencias requiere de un análisis mayor del departamento, los otros superarán la fase de revisión en forma más expedita. 

Vea el caso del PUSC, pasaron por el contador público, todos los filtros, llegaron y aquí están. Todas esas facturas decían autorizados por Tributación, entonces ¿de qué sirven esos controles?

-Va a sonar complejo, pero eso sucede con facturas autorizadas y sin autorizar. 

¿No cree que entonces está mal el mecanismo?, ¿cómo tardan ustedes hasta seis meses en revisarlo?

- El TSE no dura seis meses. Desde octubre de este año hasta marzo del otro, los partidos políticos van a generar gastos reconocibles con recursos de la contribución estatal. Después dice la norma que la fecha límite para presentar esa liquidación de gastos es 60 días hábiles contados a partir de la declaratoria de diputados. 

Solo ahí ya pasaron dos meses, ¿cierto?

- No. Solo ahí ya pasaron más meses. Eso es lo que la norma nos da y normalmente los partidos se esperan, y a las 3:57 minutos llegan las cajas presentando la liquidación el último día y esas son las reglas que tenemos. 

¿Y por qué no se cambia?

- Eso es una potestad legislativa. 

¿También podrían ustedes presentar un proyecto de ley?

- ¡Claro! Nosotros hemos presentado proyectos a la Asamblea Legislativa. 

¿Entonces no se pueden reducir los tiempos?

- El tema es que para reducir el tiempo hay que hacer una modificación constitucional. Hay que pasar a un modelo como en el resto de Latinoamérica, de pago por voto. Ya nos pronunciamos sobre un proyecto en ese sentido. El TSE aplica el modelo que tenemos. Lo cierto es que el modelo actual es el que se está aplicando. 

Por años todo funcionó igual, ¿por qué hacer el cambio hasta ahora?

-Por una discusión jurídica, por una impugnación de un partido.

¿Pero qué influyó?, ¿por qué ese cambio de viraje?

-Influye que el TSE hiciera un análisis de esa norma. 

¿Entonces nunca antes se había analizado?

- Con esa puntualidad, con esa precisión no se había hecho. Basado en ese análisis decide que ese reglamento, en ese inciso en particular, hay que modificarlo, pero no se flexibilizan los controles. 

¿Qué van a hacer con las facturas no congruentes?, ¿se las van a mandar a Hacienda?

- Hay una información que el TSE verifica y si es así lo va a cancelar y (si tuviera incongruencias) hay un compromiso del TSE de remitirla a la administración tributaria.

¿No existía ya esa colaboración?

- Desde el 2011 veníamos colaborando con la inteligencia tributaria. Todos los proveedores de bienes y servicios de las agrupaciones políticas se les pasa a ellos, cuando son requeridos, y en una primera instancia empezaron a surgir situaciones de contraste, podía ser que teníamos una factura timbrada y el proveedor no estaba inscrito al momento de la factura. 

Si se determinan desviaciones lo hacemos de conocimiento de esa instancia, porque somos muy respetuosos de ese ámbito de acción. 

¿Qué es lo nuevo entonces?

- Un gasto amparado en justificantes de este tipo implica una alerta. En el pasado no se analizaban esas facturas porque se rechazaban si no eran timbradas. Aquí el partido que justifique un gasto amparado en este documento, va a encender luces de alerta. 

¿Cuántas facturas han rechazado por no estar timbradas?

- Casi el 100% de los gastos se reconocieron, de modo que la mayoría utilizó la factura timbrada. Hay porcentajes de rechazo, pero son menores. 

¿Cómo dicen que un reglamento contraviene el Código Electoral sin tomar en cuenta que esta reforma contradice también leyes tributarias de que toda factura debe ir timbrada?

- Cualquier persona que presta un bien o servicio debe inscribirse en Tributación. El TSE hace una revisión de un elemento que es comprobar un gasto, nosotros acudimos a pronunciamientos de jueces de la República de admitir facturas no timbradas, no es una práctica del TSE. Si hay carencias de orden tributario es el proveedor el que debe responder. 

¿No analizaron modificar ese reglamento de otra forma para que siempre se tengan que admitir facturas timbradas?

- Tendría entonces que modificarse las reglas constitucionales. Habría que modificar la Constitución Política. 

 

PERIODISTA: María Siu Lanzas

CRÉDITOS: Foto: David Barrantes

EMAIL: [email protected]

Viernes 19 Mayo, 2017

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