Viernes 19, Abril 2024

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Opinión

Remedios jurídicos: legalidad o constitucionalidad

Lic Gerardo Morales

CONSULTA: ¿Puedo volver a presentar un recurso de amparo y dónde? Un amigo me preguntó cómo me fue con el asunto contra el Banco Popular y le dije que mal por haberlo presentado en el lugar indebido. Él me expresó que no me echara atrás, siguiera y le preguntara a usted dónde tenía que presentarlo. Espero no sea molestia consultarle de nuevo. 

RESPUESTA: No es ninguna molestia atender a la gente. La Constitución Política es la base de nuestra estructura jurídica. En la mayoría de los países occidentales, democracias occidentales, existe un solo tribunal que puede interpretar lo que dice la Carta Magna. El sentido o el espíritu de cada uno de sus artículos es explicado en cada fallo que hacen los 7 señores magistrados de la Sala Constitucional.

La Ley de Jurisdicción Constitucional fue la que le dio vida a ese tribunal especializado. Antes de ella, los recursos de amparo podían ser conocidos por los juzgados penales. Las salas o altos tribunales de la Corte se encargaban de resolver sobre las acciones de inconstitucionalidad. Esto se da cuando una ley o decreto contradice una norma constitucional.

De tal forma, es la Sala Constitucional la que resolverá, básicamente lo siguiente: acciones de inconstitucionalidad, consultas que los jueces o diputados hagan sobre leyes en proceso de aplicación, los jueces o las leyes en gestación. También conoce este alto tribunal de las causas en que se ha violado la garantía de libertad personal o libertad de tránsito, mediante el llamado recurso de hábeas corpus, o el recurso de amparo, que protege las demás garantías constitucionales, o que estén en tratados internacionales aprobados por el país.

De aquí podemos concluir que todos los recursos de amparo solo se presentan ante la Sala Constitucional.

Los reclamos sobre legalidad están a cargo de los tribunales civiles, cuando la disputa es entre particulares, o ante la vía Contencioso Administrativa y Civil de Hacienda, cuando intervenga un ente público.

PERIODISTA:

EMAIL:

Viernes 21 Abril, 2017

HORA: 12:00 AM

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA

ÚLTIMA HORA