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Opinión

Justicia laboral

Sandra Piszk Feinzilber*

Los avances tecnológicos y metodológicos en el mundo del trabajo, proponen una nueva cultura de organización de las relaciones laborales. En ese contexto el Estado y en particular la Dirección Nacional de Inspección del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social deben dirigir sus estrategias e instrumentos necesarios para hacer frente a este nuevo escenario.

En este marco, la Inspección del Trabajo desempeña un papel preponderante en el fomento del trabajo decente y la aplicación de las normas laborales en los establecimientos de trabajo.

El sistema actual, producto de la rigidez, complejidad, desgaste y lentitud de los procesos que se involucran en sede administrativa y judicial, implican una enorme erogación de recursos humanos, financieros y logísticos, que no siempre se traducen en el cumplimiento eficaz de la normativa vigente que regula la materia. 

Las situaciones descritas han generado preocupación entre las diversas instancias relacionadas con el tema y un deterioro en la credibilidad del sistema de justicia. Además, recurrir a sede judicial implica tiempo de espera, diversidad de criterios para el establecimiento de la sanción, dificultad para ejecutar las sentencias, por lo que vuelve difícil de alcanzar el principio de justicia pronta y cumplida. Ante esta situación, se hacen necesarios nuevos mecanismos jurídicos.

Tal y como lo señala el Dr. Erick Briones, especialista en derecho laboral, se hace necesario fortalecer a la Inspección Nacional de Trabajo, a través de una legislación que faculte a los inspectores a la imposición de multas en sede administrativa, pero que a la vez se garantice a las partes involucradas los recursos procesales que aseguren el debido proceso. Ya en otras latitudes se han adoptado una serie de medidas que han permitido (en el caso de España, Honduras, Brasil, Argentina, Chile y Perú) alcanzar importantes avances en el tema de la fiscalización laboral, mediante la modificación a la normativa para agilizar los procedimientos, facultando a sus funcionarios para imponer sanciones administrativas, regulando inclusive su monto.

Para estos efectos y con base en la tesis doctoral del Dr. Briones titulada: “Hacia un cambio de paradigma del sistema sancionatorio costarricense por infraccionalidad laboral”, se ha puesto a conocimiento de la corriente legislativa el Expediente 19.130, que consecuentemente propone que sea en sede administrativa donde se conozca y eventualmente se sancionen las faltas a las leyes laborales. 

La iniciativa contempla la implementación de un régimen general de sanciones administrativas por infracción a las leyes laborales, que incorpore como mínimo: caracterización y clasificación de las infracciones en leves, graves y muy graves. En esta clasificación revisten una particular importancia las acciones dirigidas a la protección de los fueros especiales como: cumplimiento en el pago de salario mínimo, prohibición del trabajo infantil, despido de mujer embarazada, pago del aguinaldo y prohibición contra cualquier tipo de discriminación; donde de comprobarse incumplimiento se sancionará de forma inmediata.

El proyecto de ley camina a paso firme. Es de esperar que en los próximos días sea aprobado en la Comisión de Asuntos Sociales y posteriormente en el Plenario Legislativo, con lo cual pasaría a ser una ley, sin duda alguna, indispensable en el combate de la injusticia laboral y la defensa de los derechos de los trabajadores. 

 

*Diputada

Partido Liberación Nacional

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Viernes 27 Mayo, 2016

HORA: 12:00 AM

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