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Opinión

Las contravenciones

Está legal

Las contravenciones son faltas menores que se cometen contra las personas, sus bienes o contra el orden y la seguridad pública. Son castigadas con una multa que se impone por varios días y esta sanción se llama “días multa”. El monto de la multa dependerá de los ingresos del infractor y el juez la fijará prudencialmente. Contra las personas se castigan las lesiones levísimas, que son aquellos daños que no producen una incapacidad para desempeñarse normalmente o que producen una incapacidad no mayor a cinco días. Un garrotazo, un golpe fuerte. 

De igual manera se castigan las amenazas personales, a quien amenace a otro o a su familia, la provocación a pelea, y el lanzamiento de objetos. Este último se da mucho entre vecinos enemistados y como una forma de mortificación, por ejemplo el lanzamiento de objetos al techo de una casa. Los menores de edad también están protegidos con las contravenciones. Se impone de diez a sesenta días multa al que castigue inmoderadamente a un menor de edad dándole una paliza por ejemplo, o lo exponga a algún peligro. 

Todos los niños que en vez de estar estudiando, están en la calle vendiendo lápices y calcomanías expuestos a un accidente, a ser abusados o raptados. Las contravenciones protegen las buenas costumbres prohibiendo las palabras y actos obscenos, ya se pueden imaginar cuáles, así como los tocamientos en las aglomeraciones, ojo los que viajan en bus, y las proposiciones irrespetuosas, sean orales, de hecho o escritas. Las llamadas mortificantes son también castigadas con días multa, es una contravención muy común sobre todo entre personas que se han enemistado por alguna razón. 

Si usted es víctima de alguna de estas conductas –contravenciones– puede poner su denuncia en el Juzgado Contravencional de su domicilio, debe llevar su cédula y un detalle de lo acontecido y ofrecer la prueba que tenga. Puede ser prueba documental o testimonial. Las contravenciones se juzgan mediante un juicio oral, pero primero se cita a una conciliación para tratar de que las partes lleguen a un acuerdo. Tenemos derecho a vivir en paz sin que nadie amenace nuestra integridad ni nuestro patrimonio, la ley nos da la oportunidad de hacerlo.

 

*Abogada litigante

 

Las opiniones antes expresadas corresponden únicamente al autor y no representan la posición oficial del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.

 

PERIODISTA: Licda. Ana Lourdes Golcher González

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Martes 03 Mayo, 2016

HORA: 12:00 AM

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