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Nacionales

Toman medidas para evitar que docentes desestimen plazas

Foto: Con fines ilustrativos

Un total de 1.500 puestos de docentes fueron desestimados y 3 mil incapacidades se registraron de acuerdo con el Ministerio de Educación Pública (MEP), por lo que con el objetivo de reducir esas cifras se tomaron medidas.

Se informó que este jueves 27 de febrero se emitió la circular VM-A-DRH-02-2020 bajo el asunto “Proceso de presentación de renuncias desestimas” con miras a variar la situación.

Es importante tomar en cuenta que una gran cantidad de maestros y profesores optan por no aceptar una plaza debido al centro educativo o la ubicación del mismo, en su mayoría por condiciones de seguridad.

“Todas las personas son nombradas exclusivamente en los circuitos elegidos por ellas a la hora de presentar su oferta laboral; sin embargo, a los trabajadores y trabajadoras los asiste el derecho laboral a la renuncia o desestima, como lo respalda el artículo 56 de la Constitución Política al expresar que ‘(…) El Estado garantiza el derecho de libre elección de trabajo’.

Se busca proteger la calidad de la educación, por eso recordó a los padres, madres y personas encargadas, su derecho a velar por el servicio educativo que se les brinda a sus hijos e hijas, presentando las denuncias pertinentes, cuando sientan que la calidad de ese servicio está en riesgo”, adujo la Directora de Recursos Humanos del MEP, Yaxinia Díaz.

Los cinco puntos mencionados son los siguientes: “Primero: la renuncia o desestimación debe hacerse por escrito o vía correo electrónico con firma digital registrando su nombre completo, número de cédula, la clase de puesto, el nombre de la Institución en la que desestima o renuncia al nombramiento, y la fecha a partir de la cual rige la renuncia o desestima.

Segundo: se recuerda que la renuncia para las personas docentes en propiedad seguirá lo normado en el artículo 57 inciso j de la Ley de Carrera Docente. (Un mes calendario antes de hacer efectivo su retiro laboral por renuncia).

Tercero: aplicando el principio de igualdad laboral; el resto de personas funcionarias comprendidas en el Título II, propietarias e interinas, con nombramientos iguales o superiores a un mes calendario, deberán, en caso de desestima o renuncia, dar aviso ante la jefatura inmediata, un mes calendario antes de la fecha de su efectivo retiro laboral.

Cuarto: se instruye para que todas las personas funcionarias que cuenten con personal a cargo, procedan a notificar formalmente la directriz.

Quinto: en caso de incumplimiento, se procederá a tramitar, ante el Departamento de Gestión Disciplinaria, lo pertinente”.

PERIODISTA: Laura Morales

EMAIL: [email protected]

Viernes 28 Febrero, 2020

HORA: 02:28 PM

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