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Nacionales

Constitución impide repudiar al presidente

Diputados molestos por unidad “espía”

El presidente Carlos Alvarado insiste en que lo ocurrido con la UPAD fue un error y que no se investigaron datos confidenciales

Aunque los diputados de oposición estaban deseosos de repudiar al presidente Carlos Alvarado, por la creación de la Unidad Presidencial de Análisis de Datos (UPAD), la Constitución Política impide a los legisladores sancionar vía moción al mandatario.

Fue el diputado independiente Erick Rodríguez quien impulsó la moción de “repudio” al presidente, misma que contó con la firma el lunes de la mayoría de los legisladores de la fracción del Partido Liberación Nacional (PLN) y los independientes de Nueva República.

Pero el presidente del Congreso Carlos Ricardo Benavides, este martes explicó que rechazaba la moción alegando que no existe en nuestra Carta Magna la figura legal que permita a los diputados votar una moción de “repudio”.

Benavides interpreta que aplicar dicha moción es equivalente a una censura. Él sustentó su argumento en un informe del Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa del 2014, que explica que el artículo 121 de nuestra Constitución Política solo permite aplicar un voto de censura a ministros, pero no al presidente.

Según el verdiblanco el informe de Servicios Técnicos ahonda en la visión que tuvieron los constitucionalistas del 49 para resguardar el régimen presidencialista de nuestro Estado.    

“Tiene que ver con la estructura del Estado, con la forma en que está diseñada la constitución, no es un tema de si nos gusta o no”, indicó Benavides.

 

CONTROL POLÍTICO

 

El diputado Rodríguez rechazó el argumento alegando que esa moción no buscaba repudiar la figura del mandatario, sino el acto en sí y que esa acción es parte del control político que ellos pueden ejercer.

Un criterio similar expresó el abogado constitucionalista Ewald Acuña a DIARIO EXTRA.

“Repudiar es rechazar algo, no aceptarlo, no necesariamente es censura que tiene un concepto diferente que es corregir o reprobar a alguien. La censura es la que no está permitida. Si se interpretara que son lo mismo se estaría dictando un acto legislativo de control político que podría ser amparable en la Sala Constitucional”, comentó Acuña.

Finalmente, la moción se votó y tuvo el rechazo de 37 legisladores, solo 10 la votaron a favor: Carmen Chan, Hallan Hoepelman, Marolin Azofeifa, Ignacio Alpízar y Nidia Céspedes, de Nueva República, Karine Niño y María José Corrales del PLN, Walter Muñoz del PIN, Rodolfo Peña del PUSC y el propulsor Rodríguez Steller.

 

NO LO DEFIENDEN 

 

Tras el rechazo de la moción, varios legisladores como la jefa del PLN, Silvia Hernández, y sus compañeros de bancada Roberto Thompson y Benavides, Pablo Abarca del PUSC, José María Villalta del Frente Amplio, Floria Segreda de Restauración y Zoila Volio, pidieron la palabra para explicar que su voto en contra no significa que defiendan el actuar de Alvarado, sino que, dado que la Constitución prohíbe votar una moción de ese tipo, no podían caer en incoherencias. 

Además, recordaron que ya se aprobó la creación de una comisión legislativa que investigará el caso de la UPAD y se llamará a cuentas al mandatario.

 

PERIODISTA: Bharley Quirós Navarro

CRÉDITOS: Foto archivo

EMAIL: [email protected]

Miércoles 26 Febrero, 2020

HORA: 12:00 AM

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