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Sucesos

Meten amparo a Colegio de Abogados

Sanciona litigante pese a que junta directiva fue acusada

  • Esta es la denuncia que presentó Paniagua contra la junta directiva del Colegio de Abogados

  • El abogado Frank Paniagua dice que la sanción es una sacada de clavo contra él

El abogado Frank Paniagua Mendoza interpuso un recurso de amparo contra la junta directiva del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica por sancionarlo de manera indefinida para el ejercicio de la profesión.

La junta constituida en Concejo de Disciplina celebrada el 3 de diciembre de 2019, sesión ordinaria No. 47-19, adoptó el acuerdo No. 2019-47- 017 de imponerle medida cautelar de suspensión indefinida de su profesión como abogado.

Según Paniagua, se trata de una sacada de clavo de parte de la junta del Colegio porque este los acusó penalmente por los dineros recaudados del timbre del Colegio para instaurar el fondo de pensiones y que a la fecha se desconoce dónde se encuentran desde la creación de la ley hace más de 50 años.

“Ellos estaban acusados, Juan Luis León y toda la junta directiva, por el desfalco del fondo de pensiones de todos los abogados… yo interpuse denuncias penales ante el Ministerio Público y el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) por ambas causas. Se las notifiqué a ellos y aún con esas causas abiertas y siendo recusados, ellos no podían ejercer la potestad disciplinaria de sancionarme emitiendo una medida cautelar en mi contra tan gravosa como la que pusieron”, sostuvo Paniagua.

A este litigante la Fiscalía del Colegio le tramita en su contra 8 causas disciplinarias (bajo los expedientes Nos. 422-18, 598-18 y 32-19), en los cuales Paniagua presentó recusación de todos contra la mencionada junta directiva e interpuso excepción de incompetencia. 

Asimismo, manifiesta que ni los quejosos ni el órgano director, ni la Fiscalía del Colegio solicitaron medidas cautelares en su contra, hasta que el 6 de diciembre, un día antes que se fuera León y su junta directiva, “le dejaron el regalito de navidad” notificándole de la sanción interpuesta. Esta medida, a su criterio, se encuentra fuera de los parámetros legales, éticos y económicos, además fue presentada en votación secreta y en la notificación que se le hizo, ignora el nombre de las personas que votaron a favor o en contra. Manifiesta que esta quebranta el artículo 15 del Colegio y el 42 de la propia Constitución Política.

“El Colegio de Abogados le pasa por encima a la Constitución Política, al Código de Ética del propio Colegio, al Código Civil, además le pasa por encima a una recusación que presenté y a una excepción de incompetencia por razón de jurisdicción”.

La Sala Constitucional resuelve y dice que no es competente para analizar asuntos de legalidad, por lo que remite el caso al Contencioso Administrativo. Sin embargo, cabe señalar que el magistrado Paul Rueda salvó el voto y explicó que era una sanción anticipada sobre Paniagua, que aparte era arbitraria e ilegal.

Cabe destacar que el abogado Paniagua continúa ofreciendo sus servicios de representación profesional, pues la sanción no está en firme hasta que se resuelvan los recursos de revocatoria que presentó.

Intentamos conocer la versión del Colegio de Abogados, pero ya habían salido de su horario habitual.

PERIODISTA: Alexander Méndez

CRÉDITOS: Fotos: Johanfred Bonilla

EMAIL: [email protected]

Viernes 24 Enero, 2020

HORA: 12:00 AM

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