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Nacionales

Ejecutivo convoca proyecto de huelgas

Tras sentencia completa de Sala IV

Los magistrados encontraron dos vicios en el texto: en cuanto a la disolución de sindicatos y por no consultar el plan a la Corte Plena.

El Poder Ejecutivo convocó este viernes a sesiones extraordinarias el proyecto de “Ley para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos”, expediente 21.049, impulsado principalmente por los verdiblancos Carlos Ricardo Benavides y Yorleny León.
Con la convocatoria, la iniciativa podrá ser revisada en la Comisión de Asuntos Constitucionales, luego de que la Sala IV hiciera ciertas observaciones al texto del plan.
Una vez superado ese trámite podrá volver a ser votado en primer debate por el Plenario legislativo.
Víctor Morales Mora, ministro de la Presidencia recordó que Casa Presidencial se había comprometido a convocar este plan una vez que el alto tribunal brindara el texto completo de la resolución emitida el 25 de octubre de este año.
“El proyecto de regulación en materia de huelgas se convoca en este periodo de sesiones extraordinarias para que finalice su trámite legislativo y dar mayor seguridad jurídica a todas las partes”, explicó Morales.
Además, reiteró que este periodo legislativo en que el gobierno lidera la agenda de proyectos de ley que se discuten en el Primer Poder de la República se caracteriza por un amplio y constante diálogo para lograr acuerdos que agilicen la aprobación de iniciativas.
El eje de estas sesiones extraordinarias es el impulso de proyectos de ley para el cuidado del bolsillo de los hogares, generación de empleo y de bienestar para todas las personas, junto al saneamiento de las finanzas públicas, reforma del Estado, ambiente y descarbonización.

PLAN

Cabe señalar que el proyecto establece que los huelguistas no recibirán salario si el movimiento es calificado ilegal.
Además, impide que se realicen huelgas en servicios declarados como esenciales, por ejemplo: salud, transporte, servicios judiciales, seguridad, distribución de combustible y otros.
Permite movimientos en “servicios trascendentales” como educación, pero solo por 21 días y siempre que haya servicios mínimos.
Otros cambios es que otorga 24 horas a los jueces de trabajo para declarar legal o ilegal la huelga y que los sindicatos deberán tener un correo electrónico vigente para recibir notificaciones sobre la calificación de los movimientos.

PERIODISTA: Marco Antonio González

EMAIL: [email protected]

Sábado 14 Diciembre, 2019

HORA: 12:00 AM

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