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Nacionales

Rechazan recurso de fiscala cuestionada

Sala IV le dice no a Berenice Smith

Berenice Smith Bonilla, exfiscala subrogante

La Sala IV resolvió por unanimidad rechazar la acción de inconstitucionalidad interpuesta por la fiscala de Cartago, Berenice Smith Bonilla, en contra del artículo 52 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública sobre lo referente a materia del delito de tráfico de influencias.

El rechazo fue “por el fondo”, lo cual significa que la resolución se fundamenta en criterios anteriores de casos similares que ha votado la Sala.

Asimismo, el Tribunal no consideró que la norma fuera inconstitucional luego de analizar los elementos específicos planteados por la exfiscala subrogante (mano derecha) del entonces fiscal general Jorge Chavarría.

La Sala concluyó que no existe tal infracción a esos principios constitucionales, pues el hecho de que exista una valoración e interpretación por parte del aplicador del derecho no conlleva que esta sea arbitraria o antojadiza, sino que debe atender a normas jurídicas, sociales o criterios ético-jurídicos de comportamiento, socialmente reconocidos.

 

CASO

 

Hay que señalar que precisamente Smith es investigada por el Ministerio Público por el delito de tráfico de influencias.

A la mano derecha de Chavarría se le cuestionó por eliminar el nombre del alcalde de San José, Johnny Araya, contra quien se seguía una causa judicial.

El tema desembocó en una suspensión entre el 6 de mayo y el 5 de agosto de 2019, tras la solicitud expresa de la fiscala general Emilia Navas.

En la causa también se investiga a Araya y al exmagistrado Celso Gamboa.

El artículo 52 de la ley mencionada aduce que será sancionado con pena de prisión de dos a cinco años, quien directamente o por interpósita persona, influya en un servidor público, prevaliéndose de su cargo o de cualquiera otra situación derivada de su situación personal o jerárquica con este o con otro servidor público, ya sea real o simulada, para que haga, retarde u omita un nombramiento, adjudicación, concesión, contrato, acto o resolución propios de sus funciones, de modo que genere, directa o indirectamente, un beneficio económico o ventaja indebida, para sí o para otro. 

La sentencia fue la 2019-024683. El expediente es el 19-013120-0007-CO.

El tribunal estuvo conformado por los magistrados Fernando Castillo Víquez (presidente en ejercicio y redactor de sentencia), Fernando Cruz Castro, Paul Rueda Leal, Luis Fernando Salazar Alvarado, Jorge Araya García; y las suplentes Marta Esquivel Rodríguez y Alicia Salas Torres.

Cabe indicar que Smith fue duramente cuestionada por el Cementazo, cuando en ausencia del entonces fiscal general Jorge Chavarría recomendó a la Sala III desestimar una causa contra Otto Guevara Guth y Víctor Morales Zapata, entonces legisladores del Movimiento Libertario y Acción Ciudadana, respectivamente.

Ese hecho habría beneficiado al importador de cemento chino Juan Carlos Bolaños. Por esa situación a Smith la suspendieron dos meses sin goce de salario.

PERIODISTA: Marco Antonio González

EMAIL: [email protected]

Jueves 12 Diciembre, 2019

HORA: 12:00 AM

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