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Nacionales

Diputados suben pena de prisión por robo de ganado

Dan segundo debate a iniciativa

El proyecto impone una pena de prisión de dos a doce años por hurto con desmembramiento o muerte ilegal de ganado

Los diputados aprobaron en segundo debate el proyecto que reforma la Ley de control de ganado bovino, prevención y sanción de su robo, hurto y recepción, expediente 21.428.

La iniciativa pretende combatir el incremento en los casos de robo y destace de ganado en el país.

Según explicó la jefa de fracción del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), María Inés Solís, quien es la proponente del plan, este “resuelve la problemática que enfrentan las autoridades administrativas y judiciales en el combate contra las bandas organizadas de cuatreros dedicadas al robo, hurto y destace de ganado, que actúan en diferentes zonas del país”.

“Estamos adecuando las penas para que las autoridades judiciales puedan actuar y que no queden impunes los delitos. Además, estamos protegiendo la salud de las personas, al sancionar de manera más rigurosa la venta, comercialización y distribución de productos que no cuentan con condiciones de salubridad, pues el consumo de los mismos podría desencadenar en la propagación de enfermedades, así como ocasionar la muerte de las personas”, pormenorizó la legisladora.

 

SANCIONES

 

El proyecto impone una pena de prisión de 2 a 12 años por hurto con desmembramiento o muerte ilegal de ganado, la cual se elevará un tercio, a quien, teniendo conocimiento del delito, venda, distribuya o comercialice la carne en establecimientos autorizados o no autorizados.

Asimismo, será reprimido con prisión de 8 meses a 4 años quien movilice, ganado bovino obtenido ilegítimamente sin que cuente con la guía oficial de movilización establecida en esta Ley y a quien movilice productos y subproductos de ganado obtenidos ilegítimamente sin que cuente con la factura y, en el caso de canales y medios canales, sin los sellos impresos que establece esta ley.

El proyecto recién aprobado también establece que será reprimido con prisión de un año a 4 años quien reciba, adquiera o negocie ganado previamente movilizado sin la guía de movilización establecida en esta Ley y al propietario o arrendante, socio, gerente, representante legal empleado o encargado de un establecimiento mercantil que reciba, adquiera o negocie productos y subproductos de ganado bovino sin que cuente con la factura comercial y, en el caso de canales y medios canales de ganado, sin el sello de matanza impreso establecido en esta Ley y si lo hace fuera de establecimientos mercantiles legítimamente autorizados.

El proyecto fue presentado a la corriente legislativa el 28 el mayo del 2019 y se dictaminó por mayoría en la Comisión de Jurídicos el pasado 2 de octubre.

El diputado José María Villalta del Frente Amplio votó en contra del proyecto al asegurar que incrementar las penas no va a resolver la apremiante situación que se vive en el sector agropecuario.

PERIODISTA: Marco Antonio González

EMAIL: [email protected]

Miércoles 20 Noviembre, 2019

HORA: 12:00 AM

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