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Nacionales

Jueves y Viernes santos de pago obligatorio

Si los trabaja

Miles de personas se desplazan a las playas en estas vacaciones de Semana Santa.

En la Semana Santa muchas personas laboran debido a las ocupaciones que desempeñan, las cuales les impiden disfrutar las vacaciones de estos días de reflexión.

Si usted es una de ellas recuerde que el Jueves y Viernes santos son feriados de pago obligatorio, de acuerdo con el Código de Trabajo, lo que significa que si los labora, el patrono debe agregar en ambos casos un salario adicional sencillo.

Como resultado de la Semana Mayor, el Consejo de Gobierno dio el visto bueno para el cierre de los ministerios y órganos adscritos, instituciones autónomas, semiautónomas y empresas públicas del Estado del 15 al 17 de abril y el disfrute de los feriados del Jueves y Viernes santos.

“La instrucción del Ejecutivo establece que los jerarcas del Ministerio de Educación Pública, Procuraduría General de la República, cuerpos policiales e instituciones de atención de emergencias y del Registro Nacional, definirán las vacaciones en sus respectivas instituciones.

Excluye aquellas instituciones que por su naturaleza deben mantener la continuidad del servicio que brindan. En estos casos, faculta al jerarca institucional respectivo tomar las medidas correspondientes a fin de garantizar el servicio e informarlo a los usuarios”, reseña el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en un comunicado de prensa.

Esa cartera informó que, en caso de que una empresa que paga el salario de forma semanal -es decir, que reconoce el salario solo el tiempo efectivamente laborado en ese lapso- debe pagar los días trabajados durante esa semana y agregar un salario sencillo por cada día feriado. “Si se labora en el feriado, el salario adicional deberá ser doble ese día”, señaló.

Al mismo tiempo, aquellas empresas cuya modalidad de pago es mensual o quincenal reconocen el salario de todos los días del mes, aunque sean descansos semanales o feriados. En dichos casos deben cancelar el salario completo de la quincena o del mes, incluyendo el Jueves y Viernes Santos, pero si trabajan alguno de estos días feriados deben agregar el salario de un día sencillo a los empleados para que completen el pago doble que establece la ley.

“En el caso de laborar horas extra en estos días feriados se deben pagar a tiempo y medio doble, es decir pago triple, explicó.

Muchos trabajadores destinan la Semana Mayor para visitar sitios de recreo y vacacionar, por lo que acuden a lugares como playas, ríos u hoteles. Otros aprovechan para combinar y participar en las actividades religiosas de este periodo de reflexión.

PERIODISTA: Krissia Morris Gray

EMAIL: [email protected]

Miércoles 17 Abril, 2019

HORA: 12:00 AM

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