El Impuesto al Valor Agregado (IVA) entrará a regir en julio del presente año, pero al final hay que aclarar ¿Qué bienes y servicios quedaron finalmente exonerados?
A continuación, una lista de los 35 puntos suministrados por la Dirección General de Tributación sobre quiénes o cuáles productos o servicios no pagarán el impuesto.
1. Compra de bienes y servicios destinados a la exportación.
2. Venta de bienes y servicios para exportación y entre beneficiarios del régimen de zona franca.
3. Intereses y comisiones de préstamos.
4. Descuento facturas, arrendamientos financieros y operativos en función
financiera.
5. Transferencias financieras, retiros de efectivo, servicios de EEFF, comisiones de tarjetas.
6. Avales y garantías de participación de cumplimiento.
7. Comisiones pagadas a operadoras de pensiones.
8. Primas de seguros de sobrevivencia.
9. Arrendamientos de viviendas cuando el monto de renta sea igual o inferior a los 1,5 salarios base (640 mil colones).
10. Arrendamientos utilizados por microempresas y pequeñas empresas
inscritas en el MEIC o MAG que no excedan el monto de 1,5 salarios base (640 mil colones).
11. Consumo mensual de energía eléctrica residencial igual o inferior a 280 kW/h. (kilovatio hora)
12. Consumo mensual de agua igual o inferior a 30 metros cúbicos.
13. Autoconsumo de bienes o servicios.
14. Sillas de ruedas, equipo ortopédico, equipo y ayudas para atención de personas con discapacidad.
15. Bienes y servicios que venda, preste o adquiera la Cruz Roja.
16. Aranceles por matrícula y créditos en universidades públicas.
17. Bienes y servicios que venda, preste o adquiera el Cuerpo de Bomberos.
18. Adquisición de bienes y servicios de ciertas entidades enfocadas en niños y ancianos.
19. Adquisición de bienes y servicios de la EARTH.
20. Uso de espacio publicitario o promocional para fines propios.
PERIODISTA: María Siu Lanzas
CRÉDITOS: Foto: Archivo
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Sábado 12 Enero, 2019
HORA: 12:00 AM